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Acta Comportamentalia

versão impressa ISSN 0188-8145

Acta comport. vol.18 no.3 Guadalajara  2010

 

ARTÍCULOS

 

Análisis de la sustitución extrasituacional

 

Analysis of extra-situational substitution

 

 

Ricardo Pérez-Almonacid1

Universidad Veracruzana

 

 


RESUMEN

Se propone un análisis crítico de la interpretación dominante de la sustitución extrasituacional, según la cual, ésta consiste en hablar o escribir sobre lo que no es aparente o no está presente. Entre las razones por las cuales se impuso tal interpretación, se encuentra la infl uencia del modelo de referencia clásico, y la igualación entre sustitución y convencionalidad, ésta con lo inaparente y lo aparente con lo situacional. Se desarrolla una interpretación alternativa según la cual, la sustitución extrasituacional es el cambio en una situación conductual en función de propiedades funcionales convencionales de otra situación; además, se muestra cómo esta interpretación es congruente con los fenómenos que pretendieron cubrirse cuando el concepto fue formulado, así como coherente con el resto de la taxonomía de Ribes y López (1985). Se concluye afirmando que esta interpretación sólo es posible cuando se toma en conjunto la obra posterior a la de estos autores.

Palavras chave: Sustitución contingencial, extrasituacional, referencial, situación conductual, convencionalidad, conducta humana.


ABSTRACT

A critical analysis is proposed of the prevailing interpretation about extra-situational substitution, according to which it consists on talking or writing about what is not apparent or is not present. Such an interpretation was formulated, among other reasons, due to the infl uence of the classical model of reference and the conceptual equivalence between substitution and the conventional, the latter with the non-apparent, and the apparent with the situational. An alternative interpretation is developed, according to which extra-situational substitution is the change in a behavioral situation in terms of conventional functional properties of another situation. It is also shown how this interpretation is congruent with the phenomena that the concept sought to cover when it was formulated and is coherent with the taxonomy of Ribes and Lopez (1985) as a whole. It is concluded that this interpretation is only possible by taking into account the later work of these authors.

Key words: contingencial substitution, extra-situational, referential, behavioral situation, conventionality, human behavior.


 

 

La formulación inicial que Ribes y López (1985) hicieron de la sustitución referencial ha sido interpretada de forma dominante como contacto lingüístico con un objeto no presente o con una propiedad inaparente. Aunque es comprensible por qué se hizo dominante esta interpretación, pretendo mostrar cómo el concepto alude a un asunto diferente si, entre otras cosas, se atiende al conjunto de la obra de E. Ribes. La integración de los conceptos wittgensteinianos y posteriores que el autor incluye, sin embargo, exigen ajustes al concepto que sin violentar su coherencia respecto a la taxonomía funcional propuesta por los autores, le otorgan mayor precisión y claridad. El documento mostrará cuál fue la formulación inicial, cómo resultó la interpretación dominante que critico, cuáles fueron las razones del surgimiento de ésta y cuál es la delimitación más precisa que se puede ofrecer actualmente del concepto. Aunque se definen los conceptos necesarios para su comprensión, ésta se beneficiará si existe familiaridad con la taxonomía mencionada.

 

FORMULACIÓN INICIAL Y POSTERIOR

Ribes y López (1985) propusieron el concepto de sustitución referencial como una abstracción de las propiedades funcionales comunes a ciertos fenómenos como la comunicación, el rumor, el prejuicio, la opinión, la intención, entre otros abordados desde la psicología social (ver p.187). Según los autores, tales propiedades se refieren al hecho de que una persona interactúa no sólo con un objeto o evento sino de acuerdo con lo que se dice de él (de forma más amplia, de acuerdo con alguna referencia que se haga de él). En sus términos: “Todas ellas [las instancias de rumor, prejuicio, etc.] ilustran la manera en que la conducta del referido responde a los eventos en términos de contingencias que dependen no tanto de las posibles interacciones directas con ellos, sino de la interacción representada por la relación referidor-referido” (p.187). Con interacción directa se refieren al hecho de que no se requiere lo que se dice del objeto para comportarse ante éste, mientras que es indirecta sisí lo requiere. Al objeto o evento se le denomina referente, por ser aquello sobre lo cual se dice algo.

En otro lugar, los autores definen la sustitución referencial como: “…la transformación de contingencias que dependen de las propiedades situacionales de los eventos, en contingencias que dependen de las propiedades convencionales derivadas de formas sociales de interacción frente a eventos situacionales” (p.187). Según esta cita, sustituir es transformar relaciones con eventos basadas en propiedades situacionales por otras basadas en propiedades convencionales, es decir, derivadas de formas sociales de interacción. Así mismo, en otro lugar definen:

…[el establecimiento de] un sistema de contingencias que depende de la forma particular de responder convencional de cuando menos uno de los individuos que interactúan, el cual puede complementar y, normalmente, sustituir a las contingencias que operan según las propiedades meramente situacionales de los eventos implicados (p.185).

Con ésta se aclara que se establece un sistema contingencial que depende del responder convencional en lugar de depender de propiedades situacionales. En tanto sistema, consiste en una organización de relaciones de modo que cambia el sistema de contingencias en el que se halla incluida la acción de cuando menos una persona, y a su vez, un sistema de contingencias es un campo interactivo (ver p.52), de modo que se establece un nuevo campo interactivo. En otro lugar y momento, Ribes (1990a) afirma:

La conducta sustitutiva consiste en conducta convencional (respuestas o estímulos producto de respuestas) que transforma las situaciones contingenciales a las cuales uno o más individuos en relación están respondiendo. Esta transformación puede operar de dos maneras: 1. El individuo responde a las contingencias situacionales presentes en términos de contingencias que pertenecen a una situación diferente. Esta conducta sustitutiva puede caracterizarse como sustitución extrasituacional;… (p. 188).

Esta cita explicita el carácter extrasituacional de la sustitución referencial, afirmando que lo que se transforma o sustituye son los sistemas contingenciales presentes por sistemas contingenciales de otra situación, de modo que sugiere que para predicar esta interacción se requieren identificar por lo menos dos situaciones, cada una de las cuales corresponde a un sistema contingencial diferente. Finalmente, Ribes (1990b) afirma:

…La transformación del contacto se manifiesta como una respuesta convencional que subordina las propiedades dimensionales a las normas de atribución funcional de la comunidad lingüística y el grupo social del que forma parte (p.63).

En esta cita se aclara que las propiedades dimensionales o situacionales son subordinadas por las propiedades convencionales o atribuciones sociales pero no se eliminan, de modo que siempre hay un contacto con aquéllas aunque dominen funcionalmente éstas. Así, el contacto con el referente siempre se hace en función de sus propiedades dimensionales y por tanto siempre será “directo”, aunque en la sustitución tales propiedades queden subordinadas funcionalmente a las propiedades convencionales de la nueva situación contingencial que se integra a la interacción.

En síntesis, la sustitución extrasituacional se predica cuando una interacción que se había establecido en función de propiedades “dimensionales” o “situacionales” de un evento, cambia o se transforma en una interacción establecida en función de propiedades convencionales, es decir, derivadas de las normas de atribución de una comunidad particular, no disponibles en esa situación sino propias de otra. Un ejemplo sería cuando una persona usa ahora una computadora que antes no usaba porque le resultaba incómoda, debido a que ahora alguien la valoró como una máquina potente y de una marca prestigiosa. La interacción actual se organiza en función de estas propiedades convencionales o atribuciones que no son inherentes a la computadora ni a su uso y que provienen de otras situaciones, transformándose el sistema de contingencias condicionales entre los objetos y las acciones de esa persona.

Por otro lado, los autores consideraron que la sustitución referencial representaba un tipo de conducta en la que las respuestas adquirían su función relativa a propiedades no presentes o aparentes de la situación interactiva, por lo que plantearon que se trataba de un desligamiento de propiedades situacionales (ver además, Ribes, 2004). Continuando con el ejemplo, el prestigio de la computadora no es una propiedad aparente en la situación, de modo que la respuesta ya no sólo se establece según las propiedades físicas y químicas de ésta sino en términos de una propiedad completamente atribuida e inaparente.

Recientemente, Ribes (2004; 2007) precisó, además, que en la sustitución extrasituacional se presenta una relación de transitividad, en la medida en que a la situación interactiva presente transitan propiedades convencionales que no le son propias; el criterio de ajuste es la congruencia, en la medida en que el comportamiento se organiza de forma correspondiente con las propiedades que transitan de la otra situación; además, se instaura un estado de elasticidad, con lo cual se refiere a que las propiedades transitan reversiblemente entre situaciones, permitiendo que algo se “vea” de cierta forma pero se pueda dejar de ver así. Siguiendo el ejemplo, que la computadora sea potente y de marca prestigiosa es algo que se dice de ella a partir de situaciones diferentes a las que están teniendo lugar, pero con lo que se dice, tales atributos comienzan a ser parte de la situación presente o dicho de otro modo, transitan y se vinculan funcionalmente. La única forma de saber si esto ocurrió es si el comportamiento cambia congruentemente con eso, de modo que es dicho cambio la actualización funcional de tales propiedades (dicho de otro modo, el cambio congruente es el establecimiento de la función de respuesta respecto a la función de estímulo convencional introducida). Sin embargo, la persona puede cambiar y posteriormente dejar de “ver” las cosas de esta manera y retornar a la manera antigua.

En suma, la sustitución extrasituacional es comportarse ante un evento en términos de propiedades convencionales de una situación diferente a la presente que comienzan a ser funcionales a partir de lo que se dice, y que no corresponde con el comportamiento organizado con base en propiedades aparentes y/o propias de la situación.

 

LA INTERPRETACIÓN DOMINANTE

En la literatura se encuentra un interpretación dominante de la sustitución extrasituacional, que en tanto dominante, no corresponde a la hecha por una sola persona sino que es la que se encuentra con mayor frecuencia, incluidos textos de quien escribe (cf. Pérez-Almonacid, 2002; 2007). Intentaré mostrar cómo lo común a esta interpretación es concebir la sustitución extrasituacional como contacto indirecto con lo imperceptible, lo cual lleva a dificultades lógicas insuperables que intentan ser superadas inadvertidamente de forma diversa por los mismos autores. Este análisis se hará a partir de algunos textos representativos y se vertebrará a partir de dos preguntas: ¿Cuál es el referente? ¿Qué se sustituye?

Varela (2008), ilustrando el concepto por medio de un ejemplo en el que Hildegunda ve una película que luego le refiere a Landolfo, afirma:

Estando en el cine, Hildegunda reaccionó de manera específica cuando vio la figura del Fauno y oyó el matiz de su voz. Cuando Hildegunda le platica a Landolfo, éste interactúa con la descripción del Fauno que le hace su amiga y cuando oye lo que dijo el Fauno, no oye la voz de éste, la voz que oye es la de su amiga. De esta forma, Landolfo no sustituye el evento, sustituye las relaciones de contingencia a las que su amiga estuvo expuesta (p. 124).

¿Cuál es el referente? Al parecer, el referente es el tema de la plática, el Fauno (ver también Varela, 2008, p.43). ¿Qué se sustituye? Según el autor, Landolfo sustituye ver la película directamente por entrar en contacto con ella y en particular con el Fauno, a partir de la relación que tuvo Hildegunda. La interpretación que ofrece el autor es que la contingencia que se sustituye es la relación directa entre Landolfo y el Fauno, que sin embargo nunca tuvo lugar. La contingencia situacional que se sustituye entonces no es una interacción práctica y actual del referido con un evento sino una interacción que no se presentó y que se “abrevió” por lo que el referidor refiere. Pero ¿cómo se puede sustituir una interacción por otra si la primera no ha ocurrido?

Por otra parte, Carpio, Pacheco, Flores y Canales (2001), al proponer una redefinición del concepto basada en una crítica de la forma como Ribes y López (1985) plantearon los casos de cada función, afirman:

Sostenemos que la definición actual de la función sustitutiva referencial es imprecisa y debería formularse en los siguientes términos: La función sustitutiva referencial representa la mediación de las contingencias situacionales que se establecen entre el referente y el referido (contextuales, suplementarios o selectoras) por parte de una respuesta convencional del referidor, generándose contingencias contextuales, suplementarias y/o selectoras sustitutivas (Carpio et al., 2001, p.14) (subrayado añadido).

Lo sustitutivo, correspondería con la “…transformación y ampliación de las contingencias de la situación en que se interactúa en términos de las contingencias propias de una situación, objeto o evento no presente en tiempo y/o espacio, o perceptualmente no aparente” (p.13). Se entiende que esto último es el referente; pero entonces, parafraseando quedaría: la sustitución es la transformación y ampliación de las contingencias situacionales entre referido y referente, en términos de contingencias propias de un referente no presente en tiempo y/o espacio, o perceptivamente no aparente; así, no queda claro cuál es el referente. ¿Qué se sustituye? Al respecto afirman: “las contingencias que se sustituyen corresponden a las que se establecerían entre el individuo referido y el referente si su contacto fuese directo” (p.13), por lo que coinciden con Varela (2008) en que sustituye una relación contrafáctica, lo cual no justifica la noción de sustitución. Finalmente, no es claro qué significa una contingencia contextual o suplementaria sustitutiva. Entrar en contacto con un objeto que no veo por medio de lo que otro me describe sobre él y decir su nombre identificándolo, podría ser una contingencia contextual o selectora; pero ¿sería sustitutiva por la mediación lingüística? ¿Qué es lo que se transforma? ¿Se necesita hablar de sustitución para referirse a extensiones temporo-espaciales que involucran funciones estimulativas de objetos o eventos no aparentes?

Un ejemplo más del uso del concepto y de las diferencias con otros usos, lo ofrece Mares (2001). Afirma:

Intercambios sustitutivos referenciales:…En este intercambio, un individuo, a través del lenguaje, pone en contacto a otra persona con propiedades no aparentes o con eventos no presentes. El hablante permite que se establezca un contacto indirecto entre el escucha y el evento referido, y al mismo tiempo, se afecta la naturaleza de la relación directa posterior entre escucha y evento referido. Ejemplos cotidianos serían dar referencias a una persona sobre otra, describir a alguien cómo llegar a un lugar, e informar sobre las características de una comida y sus efectos” (p.124-125).

Claramente, esta noción remite directamente a la noción de sustitución como contacto indirecto con algo que no se percibe: en lugar de que el referido contacte directamente al referente, lo contacta indirectamente por medio de lo que otro dice. En esta formulación, el referente es una propiedad aparente o un evento no presente y se sustituye la relación entre referido y referente en la medida en que se establece su contacto lingüístico en lugar de un contacto directo. Sin embargo, la relación directa (contingencia situacional) es posterior a la referencia y se estructura según ésta, lo cual permite concluir que no es la relación previa transformada; así, tampoco queda claro qué se transforma. No puede ser la relación entre referido y referente posterior a la referencia porque previamente no había tenido lugar directamente.

En suma, en la interpretación dominante la sustitución extrasituacional es establecer un contacto lingüístico entre un referido y un referente, en lugar de que se dé un contacto directo. El desligamiento funcional se ha justificado por la imperceptibilidad del referente y por la necesidad de la relación lingüística para contactarlo. Según se afirma, lo que se sustituye es una relación que no había tenido lugar por una de tipo lingüístico. Entre los problemas que surgen con la concepción dominante se encuentran: (a) la naturaleza del referente, expresado en preguntas como: ¿un Fauno es un referente? ¿Cuáles son sus propiedades dimensionales que son subordinadas a las convencionales? ¿El referente es el evento cuya relación directa con el referido se transforma o es el evento cuyas contingencias son las transformadoras? ¿Es una propiedad no aparente un referente o es lo que se refiere de un referente?, etc.; (b) la naturaleza de lo que se sustituye, que lleva a preguntas como: ¿Cuál es la relación inicial que se transforma? Si el referido y el referente no han entrado en contacto directo, ¿Qué se puede transformar en eso?

El hecho de que la interpretación dominante haga hincapié en el contacto lingüístico con lo imperceptible, ha llevado a estrategias metodológicas que asumen que con sólo incluir eventos que no se perciben y de los cuales se habla o escribe, ya se está estableciendo la sustitución extrasituacional. Esto es un tipo de sesgo morfológico, según el cual, basta con disponer de una secuencia de acontecimientos y/o un contenido textual para predicar que la interacción se organizó. Esto irrumpe con la naturaleza funcional de las relaciones psicológicas; Ribes y López (1985) alertaron sobre esto: “La mediación referencial no puede identificarse con la “forma” del habla o con sus “contenidos” (descripciones)…” (p.189). Es análogo a considerar que la comida es reforzador antes de que forme parte de la contingencia operante, y que el reforzamiento positivo es un asunto que se predica sólo de una secuencia de acontecimientos previo al establecimiento de una relación funcional entre ellos. De una función se predica que tuvo lugar y no que tendrá lugar necesariamente a partir de una secuencia de acontecimientos.

Entre las estrategias metodológicas que son evidencia de lo anterior, se encuentra presentar textos que referían eventos no aparentes o posibles (p.ej. Arroyo, Morales, Silva, Camacho, Canales y Carpio, 2008); situaciones en las que alguien pone en contacto a alguien más con un evento de modo que éste sólo pueda responder acertadamente según lo que el otro dijo (p.ej. Mares, Rueda, Plancarte y Guevara, 1997; Arroyo y Mares, 2009); desempeños en pruebas extra-relacionales o extra-dominio en tareas de igualación de la muestra, que indican la relación correcta basada en propiedades aparentes y que no necesitan funciones adicionales para ser contestadas correctamente (como igualaciones de sílabas o de decenas, por ejemplo, vgr. Ribes y Serrano, 2006; Ribes y Zaragoza, 2009, entre otros). En particular, en estas tareas, ¿el criterio de igualación es el referente? Pero si así fuera, entonces es transituacional y no extrasituacional; ¿es una situación anterior dentro de la tarea? Entonces no sería claro cuál es el papel de la situación presente en la tarea, que es donde la relación se ve transformada. Y finalmente, tareas en las que, aunque la relación correcta se base en propiedades no aparentes, la misma situación permite su solución sin apelar a una propiedad extrasituacional (v.gr. Pérez-Almonacid, 2002; 2007).

En síntesis, la interpretación dominante presenta dificultades lógicas y conceptuales, y ha desviado la atención del tipo de fenómenos que pretendían cubrirse con el concepto, como son los referidos a la intención, el prejuicio, el engaño, entre otros. Difícilmente podría afirmarse que con las categorías expuestas en este apartado se da cuenta con suficiencia de estos fenómenos. En su lugar, pareciera sólo incluir casos que son cubiertos por una teoría tradicional de la comunicación o la referencia, que no justifica el armazón conceptual que los sustenta.

 

EL PROBLEMA

Planteo que es comprensible la razón por la cual se impuso la interpretación anterior debido a que la formulación inicial es ambigua. Sin embargo, la incorporación de los desarrollos conceptuales subsiguientes en la obra completa de E. Ribes ofrece los elementos suficientes para retomar el concepto esbozado inicialmente con mayor precisión, conservando la consistencia interna con la taxonomía de Ribes y López (1985).

La ambigüedad de la formulación inicial es evidente si retomamos una de las citas ya mencionadas anteriormente: “Todas ellas [las instancias de rumor, prejuicio, etc.] ilustran la manera en que la conducta del referido responde a los eventos en términos de contingencias que dependen no tanto de las posibles interacciones directas con ellos, sino de la interacción representada por la relación referidor-referido” (p.187). Esto podría dar lugar a dos interpretaciones que se parafrasean de la siguiente forma:

a) El referido podría responder directamente a un evento que ahora es imperceptible, pero en su lugar, responde a él gracias a que un referidor le dice algo sobre él.

b) El referido responde a un evento primordialmente en términos de lo que el referidor le dice de él y no sólo en función de lo que la interacción directa le permite.

La primera interpretación es la dominante y entra en diálogo con una teoría tradicional de la comunicación. La segunda es la que corresponde con la formulación inicial ya que cubre las instancias de rumor, prejuicio, etc., y por tanto, es preferible a la primera y entra en diálogo con aspectos de una teoría de la atribución.

La interpretación dominante se impuso además porque, ante la ambigüedad, algunos elementos decidieron esa interpretación en lugar de otra; en especial, la inclusión del modelo referencial kantoriano, que como se sostendrá no era necesaria, y el apego a unas nociones iniciales de lenguaje, situación y convencionalidad, que posteriormente se han afinado pero que no se han integrado críticamente por la comunidad que usa el concepto.

Lo que Kantor (1922; 1924/1985; 1936; 1977) y Ribes y López (1985) escriben sobre la referencia es cercano pero diferente. Para Kantor, el ajuste referencial es sustitutivo porque es indirecto y esto quiere decir, que el contacto con el objeto o estímulo de ajuste está mediado por otra persona o estímulo auxiliar gracias a lo que ésta dice. Así, la persona A (estímulo auxiliar o referidor, según Kantor 1922; 1924/185) pide a otra persona B (referido, aunque según Kantor y Smith, 1975, es el estímulo auxiliar) que levante un libro (estímulo de ajuste). El ajuste entre la persona A y el libro es indirecto o referencial y eso hace que la acción de A, la petición, sea lingüística. La acción lingüística sustituye la acción no lingüística (directa) de recoger el libro. Según el autor, toda la conversación ordinaria así como las reacciones exclamatorias que sustituyan las reacciones directas, son referenciales (Kantor, 1922, p. 273) y añade: “Como un ejemplo de reacción sustituta, podemos tomar el caso de la persona que, en lugar de correr hacia un edificio ardiendo en llamas para rescatar a un niño, sólo exclama de formas muy diferentes lo que ve” (p.275). El objeto de estímulo puede estar o no presente, pues eso no cambia la naturaleza referencial del ajuste. La noción de referencia de Kantor es compatible con la noción tradicional consistente en una relación entre términos singulares y objetos (cf. Quine, 1990), con la particularidad que aquél insistió en concebirla en su dimensión de ajuste entre personas y objetos del mundo.

Ribes y López (1985) por su parte, toman la posición kantoriana como su punto de partida advirtiendo que harían precisiones para evitar que se reprodujeran los problemas del análisis skinneriano (p.184). Sin embargo, al parecer sólo tomaron de Kantor las relaciones que surgen del hecho de que alguien diga algo sobre un objeto a otra persona. Pero ese mismo hecho es el que trata cualquier teoría tradicional de la referencia y, por tanto, se introdujeron al análisis de la sustitución extrasituacional los problemas del estudio de la referencia que interesa a la semántica y a la fi losofía, como por ejemplo los relacionados con la naturaleza del referente y el contenido del habla. El asunto que generó mayor confusión fue que Ribes y López (1985) y Ribes (1990a) equipararon la sustitución extrasituacional con la referencia a pesar de que, como se mostró antes, no todos los casos de tal sustitución equivalen a lo que se trata tradicionalmente como referencia, incluyendo a Kantor, nies común que lo que se denomina referencia incluya lo que los autores llaman sustitución extrasituacional. Así, se delimitó el uso técnico de un término que tradicional y dominantemente alude a otra cosa, y se enmarcó en el trabajo de Kantor que coincide mejor con este uso tradicional. Ribes (1990b) afirma:

Por lenguaje referencial (Kantor, 1979) entendemos un proceso de mediación de las contingencias que incluye, necesariamente, un sistema reactivo convencional, un mediador de las contingencias, un individuo mediado y un conjunto de eventos, objetos, personas o acciones que constituyen el referente de dicha mediación. Este proceso se caracteriza, como ya hemos señalado (Ribes, 1982b), por un desligamiento en tiempo y espacio de las acciones del referidor y el referido (que no pueden igualarse en forma unívoca con el hablante-escritor y el escucha-lector, respectivamente) en relación con el referente (p.63).

De este modo, la alternativa de Ribes (1990a) y Ribes y López (1985) es considerar la referencia como sustitución extrasituacional, excluyendo casos que desde la teoría tradicional serían referencia. En términos de los últimos autores:

…no es suficiente que haya un episodio entre un hablante y un escucha respecto a un evento…el hablar de propiedades aparentes presentes no implica referenciación… Así mismo, no es referenciar el hablar acerca de eventos cuando este hablar se da como condición para que el escucha repita o reproduzca las respuestas del que habla (p.189).

El problema de la equiparación entre sustitución extrasituacional y la referencia, más allá de la discusión sobre la legitimidad de proceder con tal tipo de equivalencias, se hace evidente en tres asuntos relacionados con el referente:

1. Según Ribes y López (1985) el referente corresponde al evento Ey, es decir, el evento con el que interactúa el referido en términos de lo que dice el referidor (ver pág. 188). Sin embargo, no en todos los casos uno equivale al otro, como por ejemplo cuando el hablante hace referencia a un evento y esto cambia la interacción del mediado con otro evento; el primero sería el referente pero el segundo es Ey. Piénsese el caso en el que un sacerdote (referidor) se refiere a lo que dijo Jesús a sus discípulos (referente) y luego un oyente fiel (referido) cambia su comportamiento con su hermano (Ey) en función de lo que dijo el sacerdote.

2. No siempre la sustitución extrasituacional incluye un referente. Por ejemplo cuando alguien hace un guiño a otro en cierta circunstancia y eso es suficiente para que se transformen las contingencias conductuales en las que el segundo estaba involucrado porque ahora se hacen funcionales propiedades convencionales que antes no, no hay ninguno referente pero sí hay sustitución. Sólo en un sentido muy laxo, tanto que puede ser inoficioso, los demás tipos de expresiones que pueden implicarse en un episodio sustitutivo extrasituacional, incluyen un referente, como es el caso de las opiniones, los refranes, las atribuciones, entre otros. Lo propio de cada una de éstas supera el hecho de que hable de algo; y sin embargo, son el tipo de cosas que Ribes y López (1985) incluyen como casos de la sustitución extrasituacional (ver p.187).

3. No en todos los casos en los que se incluye un referente hay sustitución, como cuando le hablo a alguien sobre el edificio que se está quemando en este momento pero eso no transforma las contingencias situacionales del otro.

Por otro lado, la ambigüedad de la formulación inicial que se resolvió en la forma de la interpretación dominante, se relaciona también con el apego a formulaciones iniciales de conceptos que han cambiado en 25 años de trabajo. Como comenta Ribes (2007), una teoría no es un asunto de “todo o nada”, acabado, sino una herramienta que sigue sufriendo delimitaciones permanentes. En particular, los conceptos que requieren un comentario son fundamentalmente el de lenguaje, convencionalidad y situacionalidad.

Ribes y López (1985) consideran que la sustitución extrasituacional corresponde al lenguaje (ver Antecedentes históricos, cap.8) o a lo lingüístico. A su vez, Ribes (1990a) afirma: “el lenguaje como interconducta trata de los procesos reguladores de las interacciones particulares de un individuo, que implican conjuntos reactivos convencionales y contingencias sustitutivas” (p.149); y más adelante: “haremos a un lado el término ordinario de lenguaje y en su lugar emplearemos el de conducta sustitutiva de contingencias” (p.151). Finalmente, en otro lugar Ribes (1990b) afirma: “Suponemos, en primer lugar, que el sistema reactivo lingüístico desempeña en sus primeras etapas funcionales un papel no lingüístico, en el sentido en que hemos restringido lo lingüístico a una mediación sustitutiva” (subrayado añadido) (p.63). De este modo, entonces, lo lingüístico es lo sustitutivo en esa formulación inicial.

Al mismo tiempo, lo lingüístico es definido por la convencionalidad, que se refiere al hecho de ser compartido por un grupo social (ver Ribes, 1990a, p.155). Pero además, al hablar de lo particular de la convencionalidad, Ribes y López (1985) afirman:

…los eventos convencionales no guardan ninguna relación de correspondencia invariante con la biología del organismo nicon las propiedades fisicoquímicas de los objetos de estímulo…Segundo, en tanto propiedades convencionales de los eventos puede ser producidas como grafismos, tienen la capacidad física de trascender el momento particular de la interacción (p.57-58).

Estas particularidades de los eventos convencionales, les permitieron afirmar que los sistemas reactivos convencionales eran una condición sine qua non para las interacciones sustitutivas, básicamente porque éstas contienen como aspectos definitorios ésos señalados en la cita anterior. De hecho, afirman que la principal consecuencia de disponer de tales sistemas reactivos es la trascendencia parcial de la situacionalidad interactiva (ver p. 63). De esta manera, la convencionalidad se introdujo como herramienta para analizar las interacciones sustitutivas sin contemplar aún la posibilidad de que los eventos convencionales también participaran en interacciones no sustitutivas, es decir, aquellas estructuradas según funciones ligadas a la situación presente.

Según lo anterior, Ribes y López (1985) contraponen lo situacional a lo convencional, como lo atestigua esta cita, ya señalada anteriormente al definir la sustitución extrasituacional: “…la transformación de contingencias que dependen de las propiedades situacionales de los eventos, en contingencias que dependen de las propiedades convencionales derivadas de formas sociales de interacción frente a eventos situacionales” (subrayado añadido) (p.187). A su vez, Ribes (1990a) afirma: “Por tanto, la respuesta no convencional es la conducta situacionalmente ligada a las propiedades observables del aquí-y-ahora de los objetos y de los eventos con los que se ha relacionado debido a las contingencias actuales o pasadas” (Ribes, 1990a, p.155).

De este modo, por lo menos hasta 1990, se entendió que sustitutivo era lingüístico, esto era convencional y a la vez esto era no situacional. El problema evidente de esta equivalencia es que se caía en el sinsentido de negar fenómenos lingüísticos vinculados a la situación presente y, que de darse, por ende éstos no serían convencionales. Además, dado que lo convencional se caracterizó especialmente como lo arbitrario respecto a morfologías físicas y que por tanto puede trascender el momento presente, lo sustitutivo se entendió como contacto con lo que no era percibido.

La consecuencia más clara de esta formulación inicial se constata en la oscuridad del concepto de desligamiento funcional de la situación, que según Ribes y López (1985) y Ribes (2004) es propio de la función sustitutiva extrasituacional. Ribes y López (1985, p.63) abordan tal desligamiento de varias formas (ver p.63 y 185): Revisemos cada acepción según las siguientes preguntas: ¿Respecto de qué se da la autonomía reactiva? ¿De cuál respuesta se predica el desligamiento?

1. “Trascendencia parcial de la situacionalidad en términos funcionales”. Se entiende que la conducta no se configura sólo respecto a “su momento y lugar presentes” sino respecto de otros, de modo que la autonomía se da respecto a algunas propiedades situacionales. Esto aplicaría sólo al mediador, pues la conducta del mediado al ser selectora (p.187), está circunscrita intra-situacionalmente.

2. “Respuesta y producción de estímulos respecto a eventos no presentes en la situación o no aparentes” y “respuesta a eventos pasados o futuros, o que ocurren en otro lugar”. La autonomía se da frente a lo presente y aparente. Se predicaría de ambos segmentos reactivos, en la medida en que el mediador contacta propiedades convencionales que no forman parte de la situación o no son aparentes y el mediado responde a la situación en términos de éstas. Interpretado sólo así, puede dar a entender, como de hecho ocurrió, que se predicaría tal desligamiento si tan sólo se describe lo que no se ve. A su vez, lleva a pensar que la conducta no se configura en presente lo cual presenta desafíos lógicos difíciles de superar, como es explicar cómo se interactúa con cosas que no han pasado o que no van a pasar pero aún así se refieren, ¿cuál es el objeto de interacción en este caso? ¿las palabras del referidor? ¿no son éstas la respuesta convencional mediadora?

3. “Respuesta a propiedades no fisicoquímicas pero sí convencionales”. La autonomía se daría respecto a las propiedades fisicoquímicas y se predicaría para ambos segmentos funcionales. Esta afirmación podría llevar a dos confusiones: (a) que se puede dejar de responder a propiedades fisicoquímicas de los objetos, lo cual es imposible en cualquier interacción psicológica; otro asunto es que no sean dominantes funcionalmente; (b) que no pueda darse una respuesta a propiedades convencionales en otro nivel de desligamiento, lo cual es contra intuitivo si se tiene en cuenta la amplia evidencia experimental sobre conducta funcionalmente verbal en procesos de condicionamiento clásico y operante, por ejemplo (vg. Razran, 1939).

4. “Autonomía respecto a propiedades fisicoquímicas aparentes y de las dimensiones espacio-temporales de la situacionalidad”; y “autonomía respecto a propiedades situacionales aparentes, aquí y ahora de los objetos presentes”. Precisan que la autonomía se da, no de las propiedades fisicoquímicas sino de las aparentes y de las propiedades que tienen que ver con el aquí y ahora (espacio-temporales) de los objetos presentes. Sin embargo, pareciera que pueden aplicarse tanto al mediador como al mediado: uno porque introduce condiciones de estímulo gracias a esa autonomía reactiva, y otro porque responde con tal autonomía.

En suma, no queda claro si la autonomía se da respecto a lo presente, a lo fisicoquímico, a lo situacional o lo aparente, las cuales son todas cosas diferentes. Además, no es claro si se predica sólo de la respuesta del mediador, crítica para la estructuración de la función sustitutiva extrasituacional, y/o del mediado, lo cual contradiría que se comporta selectoramente ya que en este nivel el desligamiento funcional es de propiedades absolutas (ver Ribes, 2004) y no de las otras propiedades señaladas.

Sintetizando el apartado, la razón fundamental de que domine la interpretación criticada es que la formulación inicial fue ambigua y se resolvió esto apelando a una combinación de la formulación kantoriana de referencia y al uso de términos como lenguaje, situación y convencionalidad que fueron imprecisos; la primera, sin embargo, no es idéntica a la noción de Ribes y López (1985) y en cambio da lugar a problemas relacionados con el estatus del referente y a la identificación de lo que se sustituye. El resultado de esto es que no queda claro respecto de qué se da el desligamiento funcional ni de cuál respuesta se predica.

La formulación alternativa de la sustitución extrasituacional requiere, entonces, precisar por lo menos lo siguiente: (a) el concepto de situación y extra-situación, y su vinculación con el concepto de lo presente y lo aparente; (b) el concepto de lenguaje y convencionalidad; (c) la estructura funcional de este tipo de sustitución que supere las dificultades que impone el modelo referencial clásico; (d) precisar qué se sustituye y qué se entiende por sustitución; y (e) precisar el desligamiento funcional propio. La obra en conjunto de Ribes ofrece los elementos necesarios para hacerlo, como se desarrolla a continuación.

 

SOBRE LO SITUACIONAL, EXTRASITUACIONAL Y CONCEPTOS ASOCIADOS

Bentley (1939; 1941a; 1941b; 1941c) y Ribes (1992) coinciden en dos ideas: que la conducta psicológica se configura en presente y que tiene lugar en lo que denominan situaciones. Con la primera idea, se refieren a que es un fenómeno del cual se predica su actualización (realización o estructuración) en un momento y en un lugar: ahora y aquí. Se trata siempre de un organismo haciendo aquí y ahora algo con relación a objetos; independientemente de que éstos hayan adquirido funciones estimulativas en otro momento, éstas se actualizan en el presente conductual, es decir, aquí y ahora. El organismo no interactúa con objetos del pasado ni del futuro sino con objetos presentes que han adquirido diversas funciones en otros momentos y que eventualmente pueden estar relacionadas con funciones de respuesta comunes a otros objetos no presentes. Como afirman Ribes y López (1985):

…las funciones humanas consisten en establecer contacto con objetos y eventos que no están presentes físicamente, lo que, a su vez, incluye la posibilidad de trascender las relaciones inmediatas a las que se encuentran ligadas nuestros sistemas reactivos... [esta posibilidad representa] el simple reconocimiento de que los objetos fisicoquímicos y sociales presentes pueden permitirnos relaciones psicológicas con objetos que no están presentes (p.85).

La relación funcional con objetos no presentes es siempre posibilitada por el contacto con los objetos presentes en la forma de funciones de respuesta comunes a funciones de estímulo de objetos diferentes. Sólo en ese sentido podría hablarse de interacción indirecta con objetos no presentes pero incluso en ese caso, es una interacción actual con ellos. Esto se predica no sólo en el caso humano, en el que asume ciertas modalidades sino también en la conducta no humana, en la que el animal responde a un objeto con funciones de respuesta establecidas ante otro no aparente. Por eso es que la inapariencia de un objeto que es funcional en el presente no representa en sí mismo que la interacción sea cualitativamente diferente, como se ha supuesto.

Otro asunto es lo que se considera un momento y lugar presentes según diferentes criterios de segmentación funcional más o menos molares. En este momento estoy escribiendo en mi oficina pero puedo afirmar que llevo haciéndolo tres horas. Según diferentes criterios, puedo identificar ese segmento dentro de otros mayores o bien, identificar otros segmentos de menor extensión como constituyentes de aquél. Eso implica que la métrica temporal de lo presente puede abarcar desde segundos hasta horas pero que se requiere un criterio adicional para delimitarlo. Bentley (1941a) plantea que “ir a la escuela” es un evento conductual presente en el que pueden identificarse varios intervalos temporales y varias extensiones pero que sin embargo es un ahora continuo.

Posiblemente el criterio adicional que se requiere para delimitar lo presente tiene que ver con la segunda idea coincidente entre los autores señalados y es la referida a que la conducta tiene lugar en situación, idea también presente en Kantor (1924/1985). Como afirma Ribes (1992): “Todo campo psicológico es la situación en donde interactúa un organismo individual con otro individuo u objeto” (p. 80). A su vez, el campo psicológico es un sistema de contingencias (Ribes y López, 1985, p.52), de modo que una situación también lo es y una relación contingencial es una relación circunstancial, de modo que una situación es una circunstancia.

Por su parte, Ribes (1997) diferenció entre contingencias de ocurrencia y de función. Las primeras son relaciones de condicionalidad entre objetos y eventos ubicados espacio-temporalmente, en la forma de “si A ocurre ahí y ahora, entonces B ocurre allá y después”, por ejemplo, lo cual implica diacronía. Las segundas, son relaciones de condicionalidad entre propiedades de objetos y eventos, en la forma de “si A tiene la propiedad x, entonces B tiene la propiedad y”, lo cual implica sincronía (Ribes, 2004)2. Así las cosas, entonces una situación conductual es un sistema de contingencias de ocurrencia y función entre acciones de organismos y eventos estimulativos de objetos. Esto lleva a que una situación conductual no se define con independencia de quien responde, y por tanto conceptos espaciales o temporales derivados de la física, en sí mismos, no son útiles para su caracterización (cf. Gibson, 1979; Ribes, 1992).

En la medida en que la situación conductual incluye relaciones basadas en la ubicación espacio-temporal de los eventos, en su definición se reconoce el aquí-y-ahora de la acción directa frente a objetos presentes y/o la acción indirecta, es decir mediada, frente a objetos no presentes. Pero al mismo tiempo, se reconoce una trama de contingencias de función que, según las propiedades en relación, definen el “qué” o “cuál” de la situación. “Calificar un examen” es una situación conductual que se define no sólo como contingencias de ocurrencia sino además y principalmente como contingencias de función, pues otra persona puede estar haciendo aparentemente lo mismo y sin embargo estar “revisando una cuenta”. Es por esto que Ryle (1971) planteó la distinción entre descripción superficial, referida a secuencias de eventos aparentes, y la descripción densa referida a las tramas funcionales que configuran de qué se trata la situación. De forma breve, entonces, una situación conductual está definida por la conjugación de un momento, un lugar y una organización funcional que dependen de la acción individual. No debe confundirse esta organización funcional local de una situación con la organización funcional común abstraída de varias situaciones conductuales, que Ribes y López (1985) identifican como funciones psicológicas. Es decir, éstas son relaciones funcionales abstraídas de diferentes situaciones conductuales que en sí mismas, se definen por relaciones funcionales episódicas.

Las situaciones conductuales incluyen entidades (objetos y organismos) que participan de diferentes historias: la más abarcadora, la historia de la materia, que define la posibilidad de que presenten propiedades fisicoquímicas; la historia de la especie, que dispone de propiedades ecológicas; y en el caso humano, la historia social, con diferentes niveles de inclusividad, que dispone de propiedades convencionales (cf. Ribes y López, 1985). Cada historia está contenida en su precedente, de modo que en toda situación conductual se pueden identificar propiedades fisicoquímicas y ecológicas, y en el caso humano, además, propiedades convencionales (cf. Ribes y López, 1985, p.42; Tesis epistemológicas 1-8), las cuales son propiedades funcionales o tipos de funciones estimulativas.

La organización de contingencias de función en una situación conductual estará definida por los tres tipos de propiedades mencionados. En el caso de la conducta no humana, será una trama de relaciones condicionales entre propiedades fisicoquímicas y/o ecológicas, especialmente determinada por interacciones en un nicho ecológico particular, caracterizadas como defensa, alimentación, cortejo, etc., y vinculadas con la supervivencia (Ribes, 2007). En el caso humano, además, por relaciones condicionales entre propiedades convencionales estructuradas según regulaciones de intercambio, poder y sanción, vinculadas con la convivencia (Ribes, Rangel y López-Valadez, 2007; Ribes, 2007).

Según lo anterior, las situaciones conductuales humanas pueden concebirse como prácticas sociales o juegos de lenguaje (Wittgenstein, 1953; Ribes, 1988; Ribes, 2006a), cuya organización funcional se concibe como un sistema de delimitaciones de pertinencia que Ribes (2006b) denomina categorías. Aquello que puede predicarse de la conducta humana que no puede hacerse de la no-humana es que sea pertinente o tenga sentido, de modo que las contingencias de función que componen las circunstancias humanas son dominantemente relaciones categoriales, es decir, relaciones condicionales entre propiedades convencionales que permiten afirmar que la conducta es pertinente o que “tiene sentido”; cuando se predica esto se dice que hay ajuste categorial (Ribes, 2006b). En síntesis, una situación conductual humana se delimita funcionalmente según criterios de pertinencia a los que se subsumen diferentes métricas de momento y lugar. ¿Dónde comienza y termina una situación conductual humana? Depende de la organización categorial de la práctica social que se segmente analíticamente, y de la métrica del aquí y ahora que resulte pertinente para tal segmentación. Seguramente se reconocerán relaciones inclusivas y traslapes entre prácticas, lo cual indica que sus contornos funcionales son difusos y que no se comportan como conjuntos estrictamente delimitados de manera fija (cf. Wittgenstein, 1953).

Las propiedades convencionales, así como las fisicoquímicas y ecológicas, son funciones estimulativas y por tanto se predican en términos de la respuesta del individuo. Como señalan Ribes y López, 1985, p.57) las propiedades convencionales son específicas de circunstancias sociales y dependen de la respuesta de la persona. De esta manera, una propiedad convencional es una función de estímulo que ha adquirido un objeto en virtud de su participación en una situación conductual humana, que como se ha señalado, es siempre una circunstancia social. Especialmente, las propiedades convencionales aparecen en la forma de atributos de cualquier entidad natural o artificial, que son el resultado de la delimitación por medio de palabras y acciones asociadas, de los objetos y eventos del mundo: “eso es”, “eso tiene”, etc. Coincide con la acepción del término atribuir como asignar cualidades a algo y por tanto rebasa el uso que se le ha dado en la literatura de la psicología social como interpretación de causas o razones de un resultado (v.gr. Jones, Kanouse, Kelley, Nisbett, Valins y Weiner, 1972). De algún modo, esto último es consecuencia de lo primero: “siesto es eso y esto lo otro, entonces ocurrió esto por esta razón o causa”.

Las propiedades convencionales que surgen de una circunstancia social se diferencian de las propiedades ecológicas y fisicoquímicas en que son resultado de acuerdos humanos tácitos o explícitos que han permitido regular la convivencia. Aquellas propiedades fungen como atributos de los objetos y eventos y pueden adjetivarse como “bueno”, “malo”, “elegante”, “sagrado”, “poderoso”, “fácil”, “astuto”, etc. El ajuste categorial como hacer pertinente es comportarse de acuerdo con los límites que introducen tales propiedades convencionales y sus relaciones. Por tanto, toda conducta humana siempre se establece de acuerdo con las propiedades convencionales que forman parte de sus situaciones conductuales. Se implican algunas conclusiones preliminares a partir de lo anterior:

1. No es sostenible la oposición entre lo situacional y lo convencional. Lo situacional es lo propio de una situación y lo propio son sus propiedades (valga la redundancia), entre las cuales sobresalen en el caso humano, las convencionales.

2. La convencionalidad se establece distintiva y principalmente por medio de lo que la gente dice y hace respecto de lo que dice. De esta manera, lo lingüístico no se opone a lo situacional.

3. Dado que una situación conductual humana se configura aquí y ahora respecto a la actividad de la persona, lo presente no riñe con lo lingüístico.

Restan tres asuntos por analizar en este apartado: las propiedades fisicoquímicas, lo aparente y lo extrasituacional. Las propiedades fisicoquímicas son omnipresentes en las interacciones conductuales pues éstas se establecen siempre con relación a un objeto y éste es una entidad material; no puede plantearse, entonces, que exista una respuesta autónoma respecto a tales propiedades. Esto no contradice, sin embargo, que adicionalmente puedan actualizarse propiedades funcionales ecológicas y convencionales, y que éstas puedan ser dominantes en la interacción. “Lo aparente” es un adjetivo sustantivado engañoso pues remite sólo a las cualidades visuales de un objeto pero, concediendo eso, puede entenderse que se trata genéricamente de las mismas propiedades funcionales fisicoquímicas, independientemente del sistema reactivo que se despliegue en función de ellas. El matiz percibido como diferente a las longitudes de onda refl ejadas, lo asible de un objeto como diferente a su morfología, son ejemplos de tales propiedades funcionales. En ese sentido éstas corresponderían con lo “perceptible” y son condiciones sine qua non de cualquier situación conductual. De las propiedades ecológicas y convencionales no tiene sentido predicar su perceptibilidad, aunque requieren de alguna dimensión perceptible del objeto para actualizarse. Por tanto, si se predica desligamiento funcional de lo perceptible, se entiende que la conducta se organiza en virtud de propiedades adicionales dominantes, de las que no se predica su perceptibilidad.

Finalmente, si lo situacional es lo propio de una situación conductual y esto son sus propiedades funcionales, lo extrasituacional se predica de propiedades que no son funcionales en esa situación. No se predica de objetos ausentes ni de lo inaparente o imperceptible en sí mismo, ya que algunos objetos presentes y sus propiedades aparentes o inaparentes, pueden no ser funcionales en la situación conductual. De este modo, la delimitación de lo situacional y lo extrasituacional es estrictamente funcional; no se basa en criterios de espacialidad o temporalidad ajenos a la conducta. Si unas propiedades convencionales no son vigentes en una situación conductual presente quiere decir que no forman parte del sistema categorial actualizado en ésta y por tanto, si se incluyen como propiedades relevantes de un objeto o evento, el sistema cambia. A este cambio se le llama sustitución extrasituacional.

En suma, una situación conductual humana es un sistema contingencial categorial organizado aquí y ahora respecto a la actividad de una persona. Esto significa que la conducta de ésta siempre se configura en presente aunque los objetos de interacción puedan ser o no aparentes. Que sea un sistema categorial significa que está constituido por relaciones condicionales entre propiedades convencionales cuya estructura delimita lo que es pertinente hacer en esa situación. Todo lo que esté relacionado con ese sistema de relaciones actual, se denomina situacional; las propiedades que no son funcionales en aquél, se denominan extrasituacionales. Lo situacional no se opone a lo convencional ni a lo lingüístico, ni tampoco equivale a lo aparente; sólo en un sentido parcial equivale al aquí y ahora conductual, lo cual incluye la respuesta a objetos según sus propiedades fisicoquímicas pero tampoco se reduce a ello.

 

SOBRE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL DE LA SUSTITUCIÓN EXTRASITUACIONAL Y SUS CARACTERÍSTICAS

Según lo abordado hasta ahora, la sustitución extrasituacional es el cambio de una situación conductual humana en términos de propiedades convencionales de una acción lingüística. Antes de precisar lo que es, es decir su estructura funcional, es importante delimitar sus contornos precisando lo que no es.

No todo cambio de la situación en función de propiedades convencionales es un cambio sustitutivo extrasituacional. Hay cambios contextuales, suplementarios y selectores también en función de tales propiedades. Los primeros se presentan como un acontecimiento no suplementado por la acción de la persona en situación, como el que ocurre porque ingresan o salen personas u objetos de un lugar; los segundos son cambios en la forma de una alteración producto de la actividad de la persona que adiciona o sustrae relaciones de la situación pero sin cambiar su organización; y los terceros se dan como una variación en la conducta correspondiente con la variación de propiedades funcionales de un mismo objeto, propiedades éstas que sin embargo son potenciales a esa situación particular.

En los anteriores cambian cursos de acción dentro de la misma situación, mientras que en la sustitución extrasituacional el cambio se da como transformación de la organización contingencial funcional, que como se ha señalado es un sistema categorial que define el “qué” de la situación. Así, ante un objeto o evento particular, la organización contingencial funcional deja de ser una y ahora se actualiza otra, dado que se introdujo una propiedad convencional que no era propia de la situación original. A este cambio en la organización contingencial funcional se le denomina sustitución contingencial y por tanto, lo que se sustituye son relaciones condicionales entre propiedades funcionales que a su vez implican un cambio en las contingencias de ocurrencia. De ahí que Ribes (1997) señale que en los niveles sustitutivos, estas últimas dependen de las primeras. Así entonces, lo que la persona hace con la computadora después de lo que le han dicho, está supeditado a que en efecto, la persona responda a ésta como potente y prestigiosa. La secuencia de acontecimientos no es previsible siempre de antemano sino que está supeditada a la actualización de la contingencia de función.

Por otro lado, la sustitución extrasituacional no es sólo comportarse ante un objeto según criterios convencionales de pertinencia (eso es ajuste categorial) sino además y principalmente, comportarse según una propiedad convencional extrasituacional atribuida al objeto de interacción. De esta manera, no es suficiente para predicar la interacción que se haga o deje de hacer algo con respecto a un objeto en virtud de las propiedades convencionales con base en las cuales ese hacer resulta pertinente, sino que esto sea el resultado de una función convencional del objeto a la que antes no se respondía cuando formaba parte de una organización funcional situacional particular. Por ejemplo, no es suficiente para predicar la interacción extrasituacional que una persona haga y diga cosas con sentido sobre la leche y sus propiedades nutritivas, sino que con base en algunas de tales propiedades, haga algo con la leche que no se haría de otro modo, como por ejemplo, utilizarla para calmar una dolencia en combinación con otra cosa o utilizarla como reactivo en una combinación química. A su vez, hacer esto ahora es pertinente en virtud de la relación que se establece entre tal propiedad convencional y otras, de modo que cobra vigencia una nueva delimitación de pertinencia o ajuste categorial. Lo que cambió es lo que se hacía frente al evento “dolencia” o frente al evento “combinación”, y no se configura por acontecimientos de los mismos ni por alteraciones de sus características y relaciones ni por la actualización de otras propiedades potenciales de lo que se venía haciendo, sino explícitamente por la introducción de la propiedad convencional que no formaba parte de esto.

Es el momento de precisar la descripción paradigmática de la sustitución extrasituacional. Ribes y López (1985) afirman que la sustitución extrasituacional consiste en una organización funcional que se estructura cuando un segmento reactivo lingüístico media una función selectora (cf. Ribes y López, 1985, p.189), introduciendo funciones convencionales de otra situación. En la descripción paradigmática se identifican dos segmentos reactivos: el mediador (RA-EA) y el mediado (RB-EB); además, un objeto o evento (Ey). Según se observa, el segmento mediador (no se hace referencia a un individuo sino a un segmento reactivo) introduce a la organización alguna o algunas propiedades funcionales convencionales del evento (Ey). La conducta en situación que representa el segmento mediado es selectora en la medida en que se organiza con relación a Ey pero en términos de la función convencional introducida por el mediador (EAyō3). Es decir, el mediador equivale a lo que en el paradigma selector descrito por los autores (cf. p. 165) aparece como Es-Rs. Nótese, no obstante, que el orden de la relación estímulo-respuesta es diferente, lo cual introduce una de las principales características de la función extrasituacional: la mediación es hecha por una respuesta (de forma más precisa, por una acción lingüística humana).

La Figura 1 esquematiza la estructura funcional.

 

 

El literal (a) de la Figura indica la contingencia selectora, en la cual Rs es la respuesta asociada al estímulo selector, y que puede definir cómo se presenta el Ey (cf. Ribes y López, 1985, p.164-165), que es un evento de la situación cuya funcionalidad es seleccionada por el segmento adicional Es. Ex representa otro componente de la situación cuyas propiedades funcionales también afectan las de Ey. Por otro lado, (b) representa un ajuste al paradigma extrasituacional con el fin de mostrar su relación con el selector. La organización funcional que aparece en el recuadro resaltado de la derecha, corresponde al segmento selector de tal paradigma; además, la RAyō es su evento mediador. Nótese cómo el estímulo selector es el que resulta de la acción mediadora; es decir, tal acción introduce funciones de estímulo convencionales que son las que seleccionan la forma como RB se establece en relación con los eventos situacionales.

El esquema (b) de la Figura 1 permite apreciar que Ey es un evento multifuncional de la situación interactiva, de modo que su funcionalidad inicial (convencional o no convencional) cambia por la que introduce el segmento lingüístico. Sin embargo, esta funcionalidad es potencial y se actualiza dependiendo de que se responda en términos suyos, lo cual trae consigo la transformación del sistema contingencial. Como se ha mencionado, no sólo la relación entre el segmento lingüístico y el evento Ey puede caracterizarse como referencia sino de una variedad de formas adicionales (comentarios, opiniones, gestos, refranes, atribuciones, etc.), de modo que se propone apelar a tal segmento reactivo como acción lingüística y a la relación como una alteración de funciones convencionales (cf. Schlinger, 1993).

Por otro lado, se observa en el mismo esquema la complejización del segmento reactivo mediado. Es principalmente una respuesta (Ry) que suplementa contingencias de la situación pero de forma congruente (Ribes, 2004) con la función convencional introducida (EAyō (Es)); es decir, su función es ser Rs, en la medida en que actualiza la función estimulativa Es. El segmento reactivo mediado tiene como efecto una relación particular en la que Ey participará pero dependiendo directamente de EAyō, por lo que “vuelve” al evento pero “viéndolo” de otra forma, una congruente con la función convencional introducida y que no podría actualizarse por la dinámica “inherente a” la situación interactiva misma sino sólo por la integración de la acción lingüística adicional. Ese “volver” al evento, sin embargo, es un evento reversible pues en tanto función selectora, el evento Ey es multifuncional en potencia. A ese estado del campo interactivo Ribes (2007a) le llamó elasticidad.

Finalmente, los numerales de la Figura 1, ayudan a recapitular lo tratado en este apartado enfatizando el proceso conductual extrasituacional: (1) objetos y/o eventos (incluyendo los conductuales) son funcionales en una situación y se vinculan con una acción lingüística; (2) la acción lingüística actualiza una función convencional de(l) objeto(s) y/o evento(s) que no formaban parte del sistema contingencial inicial; (3) se actualiza la función convencional introducida cuando se reincide en las relaciones contingenciales de la situación pero en términos de (congruentemente con) tal función convencional, lo cual implica que se ha reorganizado o sustituido el sistema contingencial. El proceso puede revertirse, de modo que se actualice una función diferente a la introducida y se recupere la situación inicial (elasticidad del campo).

En otro momento, Ribes (2004) afirmó que la causa final de esta interacción es la congruencia mientras que la causa formal es la transitividad. Con lo primero quiere señalar que la congruencia, como correspondencia entre la acción lingüística mediadora y la conducta del mediado, es el “telos” de la sustitución, en el sentido de que tal relación completa el episodio. A esta causa, afirma Ribes (2004), se asocia el límite del campo como factor de análisis, de modo que un segmento interconductual que corresponda a un episodio sustitutivo extrasituacional tiene como límite la conducta congruente del mediado, la cual puede tener lugar en un intervalo de tiempo indefinido pero definible (minutos o meses después). Esto ilustra que independientemente de la diacronía de eventos, la función psicológica es una organización funcional sincrónica (o acrónica en sentido estricto) que se analiza al margen de la contigüidad o no de sus elementos. Y eso, es un episodio de conducta psicológica.

Frente a lo anterior surge un interrogante: si la congruencia es la causa final de la función extrasituacional ¿por qué recae en el evento selector y no en la acción mediadora que es la que presenta el desligamiento funcional propio de ella? En primer lugar, es indispensable resaltar que dado que la función extrasituacional incluye dos funciones de respuesta, así mismo deben identificarse desligamientos funcionales diferentes (cf. Ribes y López, 1985; Ribes, 2004). La función sustitutiva extrasituacional no se actualiza sino lo hace así mismo una función selectora, por lo que puede afirmarse que mientras que una función selectora se puede actualizar sin una extrasituacional, no ocurre lo inverso. Predicar que se actualizó una función extrasituacional implica verificar que ambos desligamientos funcionales tuvieron lugar, uno respecto al otro, como un evento integrado. De ahí la especial dificultad de identificarla en el laboratorio (Pérez-Almonacid y Suro, 2009).

El desligamiento funcional propio de la sustitución extrasituacional no es respecto de las propiedades fisicoquímicas ni de las aparentes sino de las situacionales (cf. Ribes, 2004). Esta autonomía se predica de la respuesta mediadora porque la respuesta mediada, al formar parte de una función selectora, sigue vinculada a una situación conductual sólo que respondiendo de forma variada en correspondencia con múltiples funciones estimulativas de un evento, una de las cuales es la que introduce la acción lingüística mediadora. Si el comportamiento del mediado actualiza tal función estimulativa convencional, entonces así mismo se instaura la nueva situación conductual y su respuesta está limitada dentro de ésta en tanto sistema contingencial. En cambio, en el caso del mediador, su acción lingüística trasciende los límites de una situación y transita hacia otras vinculándolas entre sí. En el ejemplo que se había planteado anteriormente, mientras que las propiedades nutritivas de la leche formaron parte de una situación conductual particular vinculada posiblemente con una situación escolar, ahora aquéllas se integran a una situación diferente como es una urgencia médica o un ejercicio experimental. Y en este proceso se reconocen elementos aparentes e inaparentes, fisicoquímicos, ecológicos y convencionales, presentes y ausentes, etc., lo cual indica que ninguno per se es definitorio de esta función.

Con respecto a la función mediada, ¿cambian en algo las propiedades del desligamiento funcional selector cuando forma parte de una sustitución extrasituacional? La respuesta es negativa. La función selectora sigue estando circunscrita situacionalmente porque el segmento mediado lo que hace es actualizar una situación que seguirá siendo desde ese momento los contornos funcionales del comportamiento. Lo que sí supone por lo menos es que el individuo que despliega el segmento mediado (ya sea el mismo que despliega el segmento mediador o no) ha desarrollado la aptitud conductual de responder diferencialmente a diversas propiedades convencionales de diversas circunstancias sociales, pues de lo contrario, no podría responder de forma precisa a la funcionalidad convencional introducida. La conducta en la que se implica el mediado en la sustitución extrasituacional se vincula con casos de la literatura tradicional tratados como comprensión de metáforas, de dobles sentidos, de intenciones, de refranes, de inferencia de disposiciones, comprensión de atribuciones, entre otros (v.gr. Tomasello, Carpenter, Call, Behne y Moll, 2005; Reeder, 2009).

¿Qué ocurre entonces cuando una acción lingüística introduce propiedades convencionales potenciales que no son actualizadas por el mediado? Según lo tratado, no se trata de una mediación sustitutiva. Pero ¿en qué tipo de función se configuró la acción lingüística entonces? Según la organización funcional identificable, tal respuesta puede formar parte de una interacción contextual, suplementaria o selectora. Este problema nos recuerda que la funcionalidad de la acción se establece cuando logra un efecto en otro segmento de conducta, de modo que nos permite diferenciar una aptitud de un logro, pues éste último es un indicador de aquélla; a su vez, la aptitud como concepto disposicional es probabilístico y no se instancia en todos los casos en los que podría hacerlo pero puede caracterizarse a partir de los casos positivos.

Mientras que la aptitud del mediado en la sustitución extrasituacional es la reactividad diferencial a propiedades convencionales, la del mediador es la suplementación lingüística de la conducta propia o ajena con propiedades convencionales de objetos o eventos extrasituacionales. En otros términos, en el caso del mediador la aptitud funcional se traduce en la posibilidad de afectar la propia conducta o la de otro usando palabras que se usan en diferentes sistemas categoriales. En esta medida, el individuo que se comporta lingüísticamente cambiando la circunstancia conductual, da evidencias de ser competente en el terreno interpersonal; sabe qué hacer, cuándo, cómo, dónde y frente a quién, desplazándose funcionalmente por el sistema de delimitaciones prácticas o sistema categorial con respecto al cual la acción tiene sentido. Esta aptitud se vincula con algunos usos en la literatura fi losófica y psicológica tradicional de los términos racionalidad práctica e intencionalidad (cf. Ribes y López, 1985, p.187; Anscombe, 1957/1991).

El hecho de que la acción lingüística mediadora sea una suplementación significa que establece una contingencia (p. 68). La particularidad de la suplementación extrasituacional es que lo que se vuelve contingente no son objetos u eventos de una situación sino propiedades convencionales de aquéllos y otra situación conductual. Debido a que esta suplementación rebasa los límites de una situación e introduce a ésta propiedades de otras, Ribes (2007) afirma que transitan componentes de una situación a otra, de modo que a la suplementación extrasituacional se le llama transitividad. Ésta es la causa formal (Ribes, 2004) de la función extrasituacional, lo cual significa que es la relación funcional definitoria que contrasta con las de las demás funciones de la taxonomía de Ribes y López (1985). Es el proceso conductual cualitativamente diferente al de las demás, lo cual abre el interrogante más grande sobre su naturaleza y sobre cómo se integra con los demás procesos reconocidos y compartidos por lo menos por la comunidad conductual.

La Figura 2 ilustra la suplementación transitiva.

 

 

El esquema de la izquierda muestra una relación suplementaria intrasituacional mientras el de la derecha, una extrasituacional o transitiva. El primero muestra cómo los componentes relacionados forman parte de una misma situación mientras que el segundo muestra que se relacionan componentes intersituacionales. Los dos rectángulos del esquema derecho representan situaciones diferentes. La que tiene el borde continuo representa la situación conductual presente para el mediado y la que tiene el borde discontinuo representa aquella en la que es funcional una propiedad convencional; aparece discontinuo para representar que tal situación sólo es relevante funcionalmente en la medida en que disponga una propiedad convencional, más allá de su estatus fáctico. El mediador relaciona ambos componentes por medio de su acción lingüística (gestos, palabras o grafías) pero tal relación se completa cuando el mediado responde de forma precisa a la función estimulativa que se trasladó a su situación. La posibilidad de que no sea preciso, se representa en el círculo con diferentes luminosidades, como la multifuncionalidad potencial del evento.

Como se mencionó, la situación transferida o por transferir (representada por el borde discontinuo) sólo adquiere su presencia conductual cuando se completa el episodio. Antes de eso todo lo que existe es una o dos personas comportándose en una situación. Eso implica que no es una exigencia que una situación particular esté sucediendo en otro lugar ni que haya sucedido ni mucho menos que vaya a suceder. Su estatus ontológico no define las relaciones funcionales de interés pues éstas se actualizan a partir de la respuesta lingüística cuya consecuencia estimulativa (registrable como segmento gestual, oral o escrito) dispone de la propiedad convencional respecto de la cual se organiza la conducta del mediado. El estatus fáctico de la situación puede no obstante, servir para caracterizar casos de la función extrasituacional, como lo propone Ribes (2007), o bien, para describir paramétricamente diversos valores de correspondencia entre una o varias situaciones de hecho y lo que se dice respecto de ellos en forma de acción lingüística mediadora. Seguramente aparecen allí varios fenómenos de la literatura tradicional sobre la mentira, el chisme, el engaño, la persuasión, la atribución, la imaginación, el pensamiento contrafáctico, entre otros.

Algunos de los asuntos que quedan pendientes de caracterizar respecto a lo propio de la suplementación transitiva, y que rebasan lo que es una delimitación taxonómica y se ubican mejor en lo que es un análisis empírico del proceso, son los siguientes:

1. La transitividad es una forma de denominar la suplementación que describe la inter- situacionalidad pero obviamente no precisa en qué consiste el proceso. Dado que se relaciona una propiedad convencional con una situación conductual, se implica que tiene que darse algún grado de abstracción (es decir, separación) de tal propiedad. ¿Cómo se establece eso? ¿De qué forma es suficiente hablar sobre tal propiedad para integrarla en la suplementación? Es decir, ¿se hace referencia a ella siempre en situaciones características o se puede conceptualizar al margen de una situación? ¿es la aplicación de la propiedad a una nueva situación un caso en el que se identifican componentes de la nueva situación como instancias de la propiedad?

2. Tanto la acción lingüística mediadora como la conducta del mediado requieren la participación en cuando menos los sistemas categoriales implicados, lo cual implica que supone cierta diferenciación de los sistemas reactivos convencionales en función de tales sistemas categoriales. ¿Cuáles son las condiciones de esta diferenciación para posibilitar el ajuste? ¿cuáles son las relaciones de correspondencia entre tales grados de diferenciación de los sistemas reactivos del mediador y el mediado? ¿Pueden pensarse en medidas de distancia entre sistemas categoriales, de modo que de acuerdo con ellas puede predecirse la probabilidad del ajuste? Es decir, ¿entre más traslapados estén, es más probable que sólo se den cambios locales en los cursos de acción sin una transformación del sistema completo?

 

CONCLUSIÓN

La naturaleza de la taxonomía de Ribes y López (1985) implica un ejercicio permanente de verificación de que el uso de las categorías planteadas es preciso. Tal uso y verificación son sin embargo difíciles porque tal taxonomía no es un producto acabado sino una herramienta para estudiar un fenómeno natural: no es un fin sino un medio. Gracias a esto, algunas categorías se amplían, otras se acotan y en otras se establecen equivalencias con otros conceptos, de modo que los criterios últimos para evaluar qué tan bien se hace la verificación, es que el uso siga guardando congruencia exhaustiva con los fenómenos que pretende cubrir y coherencia entre sus componentes.

El análisis que se presentó en este documento intentó revelar que la sustitución extrasituacional la hemos usado de forma incongruente e incoherente. La formulación inicial es en parte responsable de eso pero una re-lectura de esta misma, auxiliada de acotaciones ulteriores que sólo son evidentes cuando se revisa la obra de los autores en conjunto, permite un uso a mijuicio, más congruente y coherente. Este uso es el que he procurado desarrollar, mostrando cómo coincide con lo que el concepto inicialmente pretendió (es decir, con los fenómenos que pretendía cubrir) y cómo es consistente con los criterios de la mencionada taxonomía.

La invitación es a una lectura crítica de este análisis, una lectura que verifi que que cumple con lo que se propone; y sino, entonces a una revisión discutida y honesta sobre las alternativas.

 

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Received: May 14, 2010
Accepted: October 1, 2010

 

 

1 Algunos apartes de este artículo hacen parte de la tesis doctoral del autor llevada a cabo en el Centro de Estudios e Investigaciones en Comportamiento (CEIC), de la Universidad de Guadalajara y dirigida por el Dr. Emilio Ribes Iñesta. Su realización fue posible gracias a la beca No. 255748 concedida por el Conacyt. Agradezco enormemente los comentarios de los revisores. Cualquier comentario por favor dirigirlo al correo: riperez@uv.mx.
2 El profesor Telmo Peña (comunicación personal) sugiere que lo más preciso es afirmar que la relación es acrónica y no sincrónica, pues el tiempo no constituye una dimensión relevante para definir la relación.
3 Ribes y López (1985) introducen la siguiente notación: propiedades fisicoquímicas (ø), ecológicas () y convencionales (ō), la cual será retomada en este análisis.

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