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Psicologia da Educação

versión impresa ISSN 1414-6975versión On-line ISSN 2175-3520

Psicol. educ.  no.51 São Paulo jul./dic. 2020

http://dx.doi.org/10.23925/2175-3520.2020i51p1-10 

EDITORIAL

 

En defensa de la educación inclusiva

 

 

Mitsuko Aparecida Makino AntunesI; Ruzia Chaouchar dos SantosII; Luciana de Oliveira Rocha MagalhãesIII

IPontifícia Universidade Católica de São Paulo - São Paulo - SP - Brasil; miantunes@pucsp.br
IIPontifícia Universidade Católica de São Paulo - São Paulo - SP - Brasil; ruziachauchar@hotmail.com
IIIPontifícia Universidade Católica de São Paulo - São Paulo - SP - Brasil; lucianam11@hotmail.com

 

 

Presentamos el número 51 de nuestra Revista, el primero de tres que se publicarán con la fecha de 2020, un año insólito, cuyas consecuencias aún no son predecibles, aunque ya se puede decir que este será recordado como un año trágico para el mundo. Estamos atravesando este año con una pandemia que ya ha dejado más de 5 millones de infectados y más de 150 mil muertos en Brasil. Pero eso no fue todo, la ciencia fue atacada, descalificada y tratada con negligencia. Al igual que la educación, la cultura, la salud y el medio ambiente.

Cuando se terminó este número de la revista, otro ataque a la educación; esta vez, la educación inclusiva, que se ha construido con gran esfuerzo y buscando superar tantos obstáculos, corre el riesgo, por el Decreto No. 10.502/2020, de ser socavada en sus principios más caros.

Por ello, el Comité de Redacción de esta revista considera importante dejar explícita su posición respecto a este Decreto. La Revista Psicologia da Educação de la PUC-SP reafirma aquí su compromiso histórico con las personas con discapacidad en la lucha por sus derechos. Es con pesar y espíritu combativo que enumeramos algunos puntos que deben ser planteados en relación con este decreto y todo un conjunto de expropiaciones dragadas por él.

Generado criteriosamente, este decreto muestra lo que vino a ser: producir una falsa conciencia de la realidad de la Educación Especial Inclusiva. Palabras y expresiones propias de nuestra lucha se mezclan con otras, de carácter ideológico; ocultando su verdadero rostro y, sobre todo, que faltan con la ética! A lo largo del texto somos asaltados por amenazas a logros históricos tan queridos por las personas con discapacidad. El título del decreto no lo hace equitativo y inclusivo. Otra expresión, "aprendizaje a lo largo de la vida", colocada maliciosamente en el decreto, parece en un principio algo coherente con una perspectiva de educación integral, permanente e inclusiva. Sin embargo, sabemos que se propone una escolarización segregada, en instituciones privadas, pero mantenida por el gobierno, que tendrá las puertas abiertas y cuyos intereses son, al menos, dudosos. Por no hablar de las escuelas especializadas, que resurgen, bien organizadas por "tipo" de discapacidad, es decir, radicalmente segregativas. Es un discurso falaz, que promete recursos, servicios y acciones que suenan, para oídos ingenuos, como un avance en la educación de estudiantes con discapacidad. El Capítulo V enumera estos servicios y recursos, tales como centros especializados, centros de apoyo, centros de actividad, centros de formación profesional, clases especializadas, clases y escuelas bilingües, escuelas especializadas, escuelas de polo de servicios especializados, materiales didácticos accesibles y tecnología de asistencia disponible, salas de recursos, centros de accesibilidad, variados servicios de atención especializada. ¿Y quién ofrecerá todo esto? He aquí una de las formas de expresión del carácter eminentemente privatista de este decreto, que abre no solo huecos, sino enormes acequias a la iniciativa privada y sus intereses comerciales con la transferencia a sus arcas de dinero público destinado a la educación especial/inclusiva.

En el próximo número de esta revista se publicará la conferencia dada por Carla Biancha Angelucci, para el evento Implicaciones del Decreto No. 10.502 sobre el desmantelamiento de las políticas públicas en Educación Especial desde la perspectiva de la Educación Inclusiva, invitada por la Facultad de Educación de la PUC-SP y sus cuatro programas de posgrado (Educación: Currículo; Educación: Psicología de la Educación; Educación: Historia, Política y Sociedad y Educación: Formación de Formadores), con la participación de directivos, docentes y estudiantes (quienes fueron los principales organizadores del evento). El análisis presentado por el ponente reafirma nuestra posición y la profundiza y complementa, con especial énfasis en la interpretación de la inconstitucionalidad de dicho decreto. Estamos, entonces, delante de la prueba plena de la intención de este decreto. Camino inverso, inconstitucional, incoherente, irresponsable, que desconoce el concepto social de las personas con discapacidad, colocándolas de forma retrógrada bajo la égida del modelo médico y visión patológica, priorizando lo biológico, la carencia, el defecto, en detrimento de la persona como ser humano concreto. Este decreto debe interpretarse a la luz de la lucha histórica por los derechos de las personas con discapacidad. ¡Ya no es posible aceptar ingenua y pasivamente en los argumentos banales y superficiales que insisten en repetir que la educación inclusiva no funciona, que la escuela no está preparada, que los profesores no están preparados! ¡Estas son cuestiones falsas! ¡Es el callejón sin salida donde quieren ponernos! Es un paso más en la dirección de un "nuevo" proyecto de educación elitista, privatista, acrítica y excluyente de todas las formas expresadas de diversidad y diferencia.

Sin embargo, el ataque a la educación inclusiva es solo una cara de la moneda. La multiplicación expresiva de la orden dominante vigente fundamentada en movimientos de privatización y subordinación a las leyes del mercado, reverberan entre otros campos de la vida social, en leyes y decretos orientados a dar paso a la profundización del desmantelamiento de los derechos sociales y laborales, que pasan a se justificar y legitimar socialmente por un discurso falaz y reforzado por la dramática situación de la crisis de salud que azota al mundo y, en particular, a Brasil, naturalizando las desigualdades sociales, económicas, étnico-raciales y de género, como forma de mantener la opresión y las injusticias social. En el próximo número de esta revista se publicará la conferencia de Carla Bianca Angelucci, para el evento Implicaciones del Decreto No. 10.502 sobre el desmantelamiento de las políticas públicas en Educación Especial desde la perspectiva de la Educación Inclusiva, invitada por la Facultad de Educación de la PUC-SP y su cuatro programas de posgrado (Educación: Currículo; Educación: Psicología de la Educación; Educación: Historia, Política y Sociedad y Educación: Formación de Formadores), con la participación de directivos, docentes y estudiantes (quienes fueron los principales organizadores del evento). El análisis presentado por la ponente reafirma nuestra posición y la profundiza y complementa, con especial énfasis para la interpretación de la inconstitucionalidad de dicho decreto. Estamos, entonces, frente a la prueba plena de la intención de este decreto. Camino inverso, inconstitucional, incoherente, irresponsable, que no considera el concepto social de las personas con discapacidad, colocándolas de forma retrógrada bajo la égida del modelo médico y de la patología, priorizando lo biológico, la carencia, el defecto, en detrimento de la persona como ser humano concreto. Este decreto debe interpretarse a la luz de la lucha histórica por los derechos de las personas con discapacidad. ¡Ya no es posible aceptar ingenua y pasivamente los argumentos banales y superficiales que insisten en repetir que la educación inclusiva no funciona, que la escuela no está preparada, que los profesores no están preparados! ¡Son cuestiones falsas! ¡Es el callejón sin salida donde quieren ponernos! Es un paso más en la dirección de un "nuevo" proyecto de educación elitista, privatista, acrítica y excluyente de todas las formas expresadas de diversidad y diferencia. Sin embargo, el ataque a la educación inclusiva es solo una cara de la moneda.

La expresiva multiplicación de la orden dominante imperante fundamenta en movimientos de privatización y subordinación a las leyes del mercado, reverberan entre otros campos de la vida social, en leyes y decretos orientados a dar paso a la profundización del desmantelamiento de los derechos sociales y laborales, que ahora pasan a se justificar y legitimar socialmente por un discurso falaz, reforzado por la dramática situación de la crisis de salud que azota al mundo y, en particular, a Brasil, naturalizando las desigualdades sociales, económicas, étnico-raciales y de género, como forma de mantener la opresión y las injusticias sociales.

Ante esto, podemos ilustrar los retrocesos en la política nacional de salud mental, alcohol y otras drogas, propuesta por la Ordenanza No. 069/2020, del Gobierno Federal, que aparentemente pretende mitigar los efectos de la pandemia, al presumir el servicio ofrecido a población sin hogar por comunidades terapéuticas en tiempos de pandemia. Sin embargo, es necesario interpretar este movimiento en sus contradicciones, dado que esta supuesta medida de acogimiento oculta en su núcleo el proceso de mercantilización de los fenómenos de la vida social que están anclados en la ideología de la "guerra contra las drogas", constituida por principios prohibicionistas, énfasis a tratamientos en manicomios y higiene social forjada en y por las relaciones de dependencia servil a los modelos hegemónicos del capital. Comprender este movimiento y su relación con el desmantelamiento de la educación inclusiva es una tarea que se nos impone.

Este proceso, unido a la lógica rentable de lechos de hospitalización psiquiátrica privada, entre otras formas trágicas de expresión de deshumanización de los sujetos, van en contra de la efectividad de los supuestos históricos de la Reforma Psiquiátrica y del Movimiento Nacional Anti Manicomio, que conforman la Política Brasileña de Salud Mental, en defensa de los derechos de ciudadanía que subsidiaron/subsidian los movimientos de lucha y resistencia enmarañados por fuerzas colectivas a favor de las redes de salud, esbozada en línea con los fundamentos de intersectorialidad, integralidad y universalización que orientan la rehabilitación psicosocial de la población que utiliza los servicios de salud mental en el territorio brasileño, tal como lo propugna la Ley n° 10.216/2001.

Cabe mencionar que el auge de proposiciones forjadas por la lógica privatizadora del Sistema Único de Salud, se sustentan en tendencias rentables y segregacionistas que se expresan, especialmente, en procesos de exclusión social, estigmatización y naturalización del exterminio de la población joven negra periférica, gente sin hogar, pueblos tradicionales y comunidades de descendientes de esclavos, entre otros grupos sociales más vulnerables, enfocados en el prisma de peligrosidad, incapacidad y/o moralismo, que sustentan los regímenes de contención, vigilancia, disciplinarización y ajuste al status quo. Cabe decir incluso, aunque carezca de estudio y análisis rigurosos, acaba de publicarse el Decreto N ° 10.530/2020, que traslada al Ministerio de Economía determinaciones sobre la política de atención primaria a la salud prebendo alianzas con el sector privado.

En este sentido, cabe señalar también que la supuesta ingenuidad presente en supuestos que apuntan a asegurar la expansión de la educación democrática en diferentes niveles, se circunscribe en la lógica empresarial subsumida a los intereses del capital extranjero, como se indica en los significados de raíz de la ordenanza nº 434/2020, que propone la sistematización de un Grupo de Trabajo fundamentado en formulaciones que apuntan a subsidiar el desarrollo de estrategias orientadas a ampliar la oferta de cursos de educación superior en la modalidad de educación a distancia en universidades federales. Tales medidas para acelerar la educación a distancia en las instituciones públicas, a su vez, comprometidas con la expansión y consolidación del proceso de mercantilización de la educación por parte de los conglomerados internacionales se expresan en la generalizada "educación bancaria" (Freire, 1970/1987), que se manifiesta en la acentuación de órdenes formativas normativas, meritocráticas y productivistas, que agravan las precarias condiciones de los procesos de enseñanza-aprendizaje, alienando cada vez más la actividad docente. En efecto, tales aspectos refuerzan el vaciamiento de la función social del acto de enseñar, que debe sobresalir en su intencionalidad en dotar a los estudiantes de instrumentos y signos culturales que les permitan apropiarse de los conocimientos sistematizados histórica y colectivamente por la humanidad, que son bases fundantes del compromiso ético y político con la transformación de la realidad, revelándose como un retroceso histórico y que afectan, sobre todo, a la expresiva porción pobre de la población brasileña.

Además, en este número se publica el artículo Contribuciones del Postgrado sobre educación para el tránsito, que revisa las investigaciones en este campo, dada la importancia del tema y la necesidad de realizar esfuerzos para reducir la morbimortalidad en el tráfico en el país. Vale decir que recientemente se modificó el Código Nacional de Tránsito, flexibilizando las sanciones por infracciones que pongan en peligro la vida de los seres humanos.

Una vez más no podemos dejar de destacar la colaboración de muchas personas, entre ellas estudiantes de maestría, estudiantes de doctorado y exalumnos, hoy doctores y estudiantes postdoctorales, de nuestro PED: Ruzia Chaouchar dos Santos, Bárbara Palhuzi, Cíntia de Fátima, Jaqueline Nery, Daniele Kramm, Luciana Magalhães, Alessandra Olivieri, Regina Prandini, Marcus França Lopes, Sandra de Oliveira, Jéssica Silva, Priscila da Costa, Aline Matos, además del asistente de coordinación del Programa, Edson Aguiar. Sin cada uno/una de vosotros/vosotras, la realización de esta Revista no sería posible. También estamos agradecidos a los numerosos compañeros investigadores que, en una situación tan excepcional, encontraron tiempo para contribuir a las evaluaciones de los artículos presentados a la Revista. Reconocemos, en particular, la importancia del Programa PIPEQ, de la PUC-SP, que ha financiado esta publicación, así como los demás profesionales de la Universidad, en especial Waldir Alves, que nos ha dado un excelente apoyo profesional.

 

Referencias

Freire, P. (1970/1987). Pedagogia do oprimido. 17ª Edição. São Paulo: Paz e Terra.         [ Links ]

Brasil. (2020). Portaria nº 069, de 14 de maio de 2020. Aprova recomendações gerais para a garantia de proteção social à população em situação de rua, inclusive imigrantes, no contexto da pandemia do novo Coronavírus, Covid-19. Diário Oficial da União. Recuperado: 22 out. 2020. Disponível: https://www.in.gov.br/en/web/dou/-/portaria-n-69-de-14-de-maio-de-2020-257197675        [ Links ]

Brasil. (2020). Decreto nº 10.502, de 30 de setembro de 2020. Institui a Política Nacional de Educação Especial: Equitativa, Inclusiva e com Aprendizado ao longo da vida. Diário Oficial da União. Recuperado: 20 out. 2020. Disponível: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2019-2022/2020/decreto/D10502.htm        [ Links ]

Brasil. (2020). Portaria nº 434/2020, de 22 de outubro de 2020. Institui Grupo de Trabalho com a finalidade de subsidiar a discussão, a elaboração e a apresentação de estratégias para a ampliação da oferta dos cursos de nível superior, na modalidade de educação a distância - EaD, nas universidades federais. Diário Oficial da União. Recuperado: 24 out. 2020. Disponível: https://www.in.gov.br/en/web/dou/-/portaria-n-434-de-22-de-outubro-de-2020-284699573        [ Links ]

Brasil. (2020). Decreto nº 10.530, de 26 de outubro de 2020. Dispõe sobre a qualificação da política de fomento ao setor de atenção primária à saúde no âmbito do Programa de Parcerias de Investimentos da Presidência da República, para fins de elaboração de estudos de alternativas de parcerias com a iniciativa privada. Diário Oficial da União. Recuperado: 27 out. 2020. Disponível: https://www.in.gov.br/en/web/dou/-/decreto-n-10.530-de-26-de-outubro-de-2020-284999568        [ Links ]

 

 

Recibido: 27 de octubre de 2020
Aprobado: 28 de octubre de 2020

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