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Revista electrónica de psicología política
On-line version ISSN 1669-3582
Rev. electrón. psicol. polít. (En línea) vol.7 no.20 San Luis Aug. 2009
El desempeño de los organismos de control del delito bajo la lupa de las victimas de robo1,2
María Luz Sosa Suárez3; Juana Mercedes Loizo4; Olga M. García5; Patricio Godoy Ponce6; Erika Valdebenito7
Facultad de Ciencias Humanas - Universidad Nacional de San Luis
RESUMEN
La problemática de la seguridad es un fenómeno social, cada vez más acuciante, emergente en las últimas décadas,. La inseguridad subjetiva provoca una restricción en los desplazamientos de las personas, pero los hechos muestran que también los domicilios se han transformado en sitios vulnerables y vulnerados.
Este trabajo, de características etnográficas, intenta comprender desde la significación que explicitan las victimas de delitos contra la propiedad, el accionar de los Organismos de control formales, en la ciudad de San Luis. Para comprender dicha evaluación respecto de la actuación de la Policía, la Justicia y de los miembros de Seguridad Comunitaria, (organismo particular de esta ciudad), se trabajó con una muestra intencional y entrevistas semiestructuradas. El proceso de recolección y análisis simultáneo de la información realizado según el método de comparación constante, permitió identificar las categorías emergentes.
Las personas entrevistadas mostraron su disconformidad con la actuación del personal de Policía, de la Justicia y de Seguridad Comunitaria en las distintas intervenciones realizadas. Además, demandan una intervención activa y creativa de todos los estamentos involucrados en la temática de la seguridad ciudadana y demandan la implementación de decisiones políticas.
Palabras clave: Policía, Justicia, Seguridad comunitaria, Delito, Víctimas.
ABSTRACT
Security problem is an emerging social phenomenon that during the last decades is more and more urging. Subjective insecurity promotes movement restrictions in people, but facts show that also private homes have become vulnerable and wounded places.
This work which has ethnographic features, intends to understand the meaning made by the property crime victims and the formal control organisations in San Luis City. In order to understand the police, the justice, and the community security (a particular organisation from this city) actions evaluation, this work was done with an intentional sample and semi-structured interviews.
People interviewed show their disagreement with police, justice, and community security actions in their different interventions. Besides, they demand an active and creative intervention of every organisation involved in this problem of citizen security and the implementation political decision.
Keywords: Police, Justice, Community security, Crime, Victims.
1. Introducción
De la lectura de los distintos autores que investigan la temática de la inseguridad urbana, como de la profusa información que brindan los medios de comunicación, se desprende que han aumentado las tasas de los delitos convencionales en el país y en la región.
El Departamento Judicial de Policía concentra las denuncias que se efectúan en la totalidad de las comisarías de la provincia de San Luis y, en base a dichas denuncias, confeccionan las estadísticas delictivas, como así también el mapa del delito, que constituye información pública. En consonancia con ello, en reiteradas oportunidades se solicitaron dichas estadísticas a las autoridades policiales pertinentes, sin lograr al presente información alguna , posiblemente como consecuencia de los frecuentes cambios de autoridades en el área de seguridad de la provincia.
Asimismo, en la provincia de San Luis no se han aplicado, en el pasado ni en la actualidad, encuestas de victimización, como tampoco encuestas de autodenuncias, tan comunes en otras latitudes, e incluso implementadas en grandes ciudades como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Mendoza. Si las referidas encuestas se aplicasen en la provincia, se optimizarían en gran medida las estadísticas delictuales, llegando a estándares más próximos a la realidad.
Sin desconocer la gravedad de ciertos hechos delictivos producidos en los últimos tiempos, cabe precisar que, en líneas generales, los medios de comunicación muestran un cuadro sobredramatizado de la realidad criminal, dado que ponen el énfasis en los delitos convencionales graves, con un fuerte componente de violencia en su modus operandi. Esto crea un clima propicio para la eclosión de discursos y manifestaciones públicas que reclaman mayor severidad en la intervención estatal, tanto desde la perspectiva de crear nuevas leyes como de otorgar mayor dureza a las ya existentes. Con frecuencia creciente se insta a la aplicación de la pena de muerte, tanto en su dimensión de castigo a los delincuentes como para que obre preventivamente ante nuevos hechos.
El reclamo generalizado de “mano dura” y de “tolerancia cero” también se exige a la actuación policial, olvidando el significativo número de muertes violentas producidas por el “gatillo fácil”, del que dan cuenta estadísticas elaboradas por organizaciones de víctimas de la violencia policial, entre otras
Al mismo tiempo se demostraba la participación de algunos cuadros policiales en bandas delictivas con sofisticados niveles de organización, que les permitiría un accionar exitoso, tanto por el conocimiento con que operan como por la impunidad que le da cobertura a su actuación.
Paralelamente, a partir de la desconfianza en la eficacia de las instituciones del Estado para intervenir exitosamente en situaciones de inseguridad, se instalan estrategias de protección privadas, las que han ido creciendo desde la utilización de rejas en los domicilios, colocación de alarmas, crianza de perros guardianes, posesión de armas de fuego, etc., a la contratación de empresas de seguridad privada. Métodos que en ocasiones pueden ser efectivos, disuadiendo a los delincuentes, en otros casos han producido tragedias evitables; tal el caso de la posesión y utilización de armas de fuego que han producido la muerte de familiares a manos de quienes suponían defenderse de los delincuentes.
Inseguridad
Los diversos autores que se ocupan del tema coinciden en señalar la existencia de dos tipos de inseguridad:
Inseguridad objetiva: es la probabilidad de ser víctima de un delito que depende de variables tales como edad, sexo, vivienda, trabajo, rutinas personales o pertenencia a una clase o sector social (Pegoraro, 2002).
En este sentido, la condición de vulnerabilidad varía en función de atributos de las personas (edad, sexo, etc.), de factores de orden situacional (lugar de residencia, horarios y zonas de desplazamiento por actividades laborales, de estudio o uso del tiempo libre) y cantidad o calidad de posesiones (moradas suntuosas, automóviles de alto costo) que pueden indicar la pertenencia a una clase social de altos ingresos.
Inseguridad subjetiva o sentimiento de inseguridad: es la representación subjetiva de la probabilidad de ser víctima de delitos, producto de la construcción social del miedo, proceso en que juegan un papel fundamental las noticias que a diario brindan los medios de comunicación - T.V. y prensa escrita- respecto del incremento de delitos convencionales violentos. (Pegoraro, Op. Cit.)
La inseguridad subjetiva y su concomitante emoción de miedo provocan una restricción en los desplazamientos de las personas, que hacen de los domicilios su lugar de refugio. Lamentablemente, los hechos muestran que también éstos se han transformado en sitios vulnerables y vulnerados -de manera violenta o mediante ardides- del que son víctimas sus habitantes, especialmente las personas mayores de edad.
Función de la Policía
La policía es un órgano de control social formal cuyo “objetivo es la protección de la sociedad y sus ciudadanos, esto es defensa de peligros” (Bustos Ramírez, 1983). Rico, citado por Bustos Ramírez (1983) expresa que “la policía es la encargada de la aplicación de las leyes y del mantenimiento del orden público”. Ambas definiciones son neutras y por lo tanto aplicables a cualquier sociedad y en cualquier momento dado. Pero son numerosos los autores que señalan a la policía como un hecho político y como tal, sus características son diferentes en distintos tipos de Estados, democráticos, monárquicos, autoritarios y según sea el desarrollo económico y social alcanzado.
Considerando el régimen democrático vigente en nuestro país, la policía debería cumplir con las tres funciones básicas enunciadas por Saín (2004): 1) prevención del delito, lo que implica la efectivización de un conjunto de intervenciones institucionales tendientes a evitar o abortar la decisión de cometer un delito ; 2) la intervención en la represión de delitos a través de su participación en la investigación criminal, lo que abarca la constatación de los hechos delictivos perpetrados , la búsqueda y la reunión de elementos de pruebas y de identificación de las personas sospechosas de ser responsables de los mismos, todo ello bajo la conducción judicial; y 3) el mantenimiento de la situación de seguridad pública, mediante acciones que apuntan a prevenir, neutralizar y conjurar cualquier tipo de hecho, falta o comportamiento que obstruya, limite o cercene la paz social y la libertad personal o vulnere la situación de seguridad de las personas (Saín, 2004).
El Modelo Policial Argentino
Argentina es una República federal con un sistema presidencialista, por lo tanto, la estructura y segmentos del sistema policial imperante responde a este tipo de organización política. Tal sistema está conformado por las siguientes fuerzas:
Policía Federal cuya jurisdicción se extiende a todo el país y tiene las siguientes atribuciones:
-Prevenir todos los delitos federales que se pueden cometer en cualquier lugar del país y la preservación y mantenimiento del orden público federal.
-Garantizar la seguridad federal de las personas y los bienes de la Nación contra el peligro de incendios y otros siniestros.
-Actuar como policía ferroviaria federal (Pelacchi, 2 000)
Gendarmería Nacional cuya función es preservar la seguridad de las fronteras terrestres
Prefectura Naval Argentina, encargada de la seguridad de las fronteras marítimas, puertos y vías navegables.
Policía Aeronáutica Nacional, con competencia en…..; opera en todos los aeropuertos nacionales e internacionales.
Por otro, las Policías provinciales suman veintitrés, una por cada una de las provincias, subordinadas al gobernador respectivo.
Policía de la Provincia de San Luis
En cuanto a la Policía Provincial de San Luis, se rige por Ley Nº 5.613 “R”, que fue sancionada el 05/05/2004 y publicada el 21/05/2004. Dicha ley establece la organización y las funciones que debe cumplir, tal como lo expresan los siguientes artículos:
Art. 1º La Policía de la Provincia de San Luis, es la institución que tiene a su cargo el mantenimiento del orden público y la Paz social, actúa como auxiliar permanente de la Administración de Justicia y ejerce por si las funciones que las leyes, decretos y reglamentos establecen para resguardar la vida, los bienes y demás derechos consagrados por las constituciones y Leyes de la Nación y de las Provincias.
La misma desempeñará sus funciones en todo el territorio de la provincia, excepto aquellos lugares sujetos exclusivamente a la jurisdicción militar o federal y/u otra policía de seguridad.
Art. 8º La función de la policía de seguridad, consiste esencialmente en el mantenimiento del orden público, la preservación de la seguridad pública y la prevención del delito.
A fines del 2006, como consecuencia de una nueva reestructuración ministerial, el Poder Ejecutivo Provincial creó un nuevo Ministerio, el Ministerio de Seguridad. Del mismo dependen: la Policía, Seguridad Pública y Protección Civil; Servicio Penitenciario Provincial; Dirección de Defe nsa Civil; Asesoría Legal, Logística y Nuevas Tecnologías.
Las competencias del Ministerio son:
- Organizar y dirigir la Policía de la Provincia, los Sistemas de Seguridad Comunitaria y Defensa Civil y supervisar la actividad de las Agencias de Seguridad Privada.
- Coordinar las relaciones entre la Policía y la comunidad.
- Ejecutar sanciones penales y superintendencia del sistema carcelario, aplicación y ordenamiento del régimen legal del indulto.
- Elaborar y ejecutar, de conformidad con los lineamientos que imparta el Poder Ejecutivo, las políticas en materia de seguridad pública, así como de protección de las personas, sus bienes y de prevención de los delitos.
- Preservar y garantizar los derechos de las víctimas de hechos ilícitos.
- Organizar y dirigir el Servicio Penitenciario Provincial.
- Proyectar, diseñar e implementar acciones de jerarquización y modernización en materia de logística y nuevas tecnologías aplicadas a la eficiencia del sistema estratégico de seguridad y prevención del delito. (http://www.sanluis.gov.ar)
Fue designado como Ministro de Seguridad el Dr. Angel Rafael Ruiz que permaneció un año en sus funciones. En el mes de noviembre de 2007 fue designado el Coronel (RE) Guillermo Gustavo López. Organismos de Derechos Humanos de la provincia han criticado fuertemente su nombramiento por la participación activa que tuvo en la lucha antisubversiva en el monte tucumano, durante el Operativo Independencia, que se desarrolló en el gobierno de la Presidente María Estela Martínez de Perón. La APDH filial San Luis, ha dirigido cartas al Gobernador de la Provincia solicitado su destitución, sin respuesta hasta el momento de la redacción del presente artículo.
Función de la Justicia
Por Justicia, se entiende la organización judicial de un país, y así se habla de Tribunales de Justicia, Corte Suprema de Justicia, Administración de Justicia, Justicia Civil, Justicia Penal, Justicia Administrativa y Justicia Militar. (Osorio, 1992)
Tal como se expresara en el caso de la policía, no se puede hablar en abstracto de la justicia de un país. A partir de la Revolución francesa tomó cuerpo institucional la separación tripartita de los poderes del régimen constitucional de gobierno. El “Estado de derecho” postula al orden judicial como uno de los tres poderes que aseguran al ciudadano la protección de sus derechos.
Al “control social jurídico penal” le corresponde la aplicación del derecho penal, que establece un sistema de conducción normativa, racionalmente constituido y fuertemente formalizado, el cual revela una especificidad funcional y una asignación muy concreta de tareas. Dispone de jueces para la aplicación de las normas. (Bergalli, 1983)
En líneas generales, lo que hoy se observa es que “el problema con el sistema penal es que el control social que se puede esperar que se cumpla, sólo es eficiente si los infractores son pocos, pero se vuelve inoperante cuando adquiere las actuales magnitudes. Por otra parte, la pena ha perdido su poder disuasivo, esto sucede porque la probabilidad real de aplicarse es muy baja, como también porque la fuerza simbólica que debe tener la ley se ha perdido o nunca se consolidó entre importantes grupos de la sociedad. Todo esto lleva a que el sentimiento de impunidad que experimenta la población sea muy grande, ya que los castigos son pocos y tardíos”. (Briceño León, 1999).
Los organismos que ejercen el control jurídico-penal son la policía, la administración de justicia (jueces y abogados) y los funcionarios penitenciarios. El estamento que componen los jueces tiene particularidades con respecto a los otros dos estamentos, uno de ellos lo constituye la pertenencia social, la mayoría de los cuales son de clase media y media alta, con estudios universitarios. Lo que no sucede con los funcionarios policiales, dado que los mismos presentan una pertenencia mayoritaria a la clase media y media baja, con estudios de nivel medio, a lo sumo.
El ciudadano común tiene mayor conocimiento de la función que deben cumplir los policías y tiene más facilidad para acercarse a un policía, ya sea en la calle como en una comisaría, que conocimientos acerca de la función que cumplen los tribunales de justicia y los jueces. En general, “el funcionamiento del aparato judicial, es escasamente conocido; y esto contribuye en forma decisiva a que ese tipo de organización se mantenga dentro de un orden cerrado, no democrático” (Bustos Ramírez, 1983).
El comportamiento de los jueces y funcionarios judiciales es moldeado, se va formando a través de la opinión de los superiores y colegas, de los fallos de los tribunales de alzada y de la legislación vigente, en un primer momento incorporado a través de la enseñanza de los profesores universitarios y luego por la jurisprudencia que se va acumulando año tras año, jurisdicción por jurisdicción.
El desempeño de los jueces únicamente podrá ser valorado por ciudadanos críticos, pero solo lo pueden hacer si el conocimiento del derecho está bien difundido. A lo que contribuirían los medios de comunicación, si dieran a publicidad el comportamiento de los tribunales y de los funcionarios judiciales, en el sentido de una tarea educativa sobre los derechos de los ciudadanos y la manera de demandar a los poderes públicos para que, en la práctica, los referidos derechos se efectivicen.
Función del Programa de Seguridad Comunitaria
La aplicación del Programa de Seguridad Comunitaria en la provincia de San Luis es una consecuencia de la implementación del “Plan de Inclusión Social”, que se puso en marcha en junio de 2003, cuando Alberto Rodríguez Saá asumió la gobernación, haciéndose eco del reclamo generalizado de trabajo. “El gobierno provincial implementó este Plan para evitar cualquier situación injusta de exclusión social. Evitando dar simplemente un subsidio, ya que este no cumple con el objetivo de la inclusión. Se trata de dar trabajo, de forma tal que se fomente la cultura del trabajo, ya que este es sinónimo de dignidad, confianza, capacidad de progreso, independencia y libertad”. (Fundamentos del Plan de Inclusión Social, 2003:51)
Los beneficiarios del Plan de Inclusión Social han sido las personas sin trabajo que, al momento de su puesta en marcha, no contaban con una permanencia estable en una ocupación. El ingreso mensual es de $ 520, contempla el beneficio del sueldo anual complementario y proporciona cobertura de salud al trabajador, mediante la obra social de los empleados públicos &DOSEP-, pero no incluye aportes jubilatorios, ni salario familiar.
La inscripción e incorporación de hombres y mujeres al Plan de Inclusión, fue masivo, para el que rápidamente el pueblo encontró el sinónimo de “pico y pala” porque esas eran las herramientas con las que trabajaban, desbrozando los costados de caminos y rutas, terrenos baldíos, márgenes de arroyos y todo espacio que necesitara ser acondicionado. También se sumaron al Plan graduados universitarios a quienes se les asignaron tareas acordes con la especialidad que acreditaban.
El Plan de Inclusión Social ha sumado controversias a las ya existentes en la provincia, suscitadas por los actos de gobierno del actual mandatario, refiriendo que se trata de una política de corte asistencial, que no presenta perspectivas productivas a futuro aunque atenúe el desempleo transitoriamente y a la larga profundiza la dependencia respecto del gobierno provincial.
Como correlato del Plan de Inclusión Social, en el segundo semestre del año 2003 el gobierno de la provincia comenzó a implementar el Plan de Seguridad Comunitaria, mediante Ley Nº 5.385, sancionada el 23/07/2003, con el propósito de velar por la protección de los ciudadanos y de sus bienes. A través de dicha Ley, se instituyen las figuras del Mediador Comunitario, quien será el encargado de coordinar el sistema en cada barrio o zona asignada, y del Protector Comunitario, como responsable del sistema en cada manzana o grupo de ellas.
El Protector Comunitario protegerá a los vecinos del barrio y a su patrimonio reportando actividades sospechosas, delictivas o potencialmente peligrosas, informando a la Policía en forma inmediata, sin tomar intervención en ningún tipo de hecho , salvo in fraganti delito, pero que no represente riesgo para su integridad física. Agrega que, tanto las funciones de los Mediadores Comunitarios, como de los Protectores Comunitarios serán ejercidas por civiles provenientes del Plan de Inclusión Social, de manera preferente.
En la práctica cotidiana, los vecinos toman contacto visual con los Protectores Comunitarios, pero difícilmente conocen la identidad, de éstos y menos aún de los Mediadores Comunitarios. Los Protectores Comunitarios tienen asignada la tarea de recorrer a pié una manza na o zona, de forma individual. No obstante ello, es común observarlos reunidos en grupos de dos, tres o cuatro en una esquina, o caminando por las calles, tomando notas en un cuaderno de las personas que entran, salen de las viviendas y negocios de la zona, lo que provoca en el común de los vecinos sospechas, abonadas en gran medida por los medios de difusión, que a diario informan de la ausencia de los mismos en el momento en que se cometieron delitos.
A partir del año de implementación del Plan de Seguridad Comunitaria, hasta la fecha, ha existido un incesante cambio de los funcionarios que ejercen la coordinación del mismo, lo que agudiza los problemas de la prestación de este servicio: falta de planificación y de continuidad en las tareas a realizar, fallas en las estrategias de comunicación con la comunidad, deficiencia en la coordinación y comunicación con los otros estamentos estatales encargados de la seguridad, como la Policía de la Provincia y la Justicia.
El proceso de la investigación
La elección del tema de investigación estuvo dada por la importancia otorgada al problema de la seguridad como uno de los fenómenos sociales emergentes en la última década. Su relevancia, en virtud del papel que reviste como condicionante del pleno desarrollo democrático, del crecimiento económico, del mejoramiento de las condiciones de vida de la población, ameritan su inclusión en la agenda de investigación académica, de tal manera que se pueda generar una articulación entre la investigación, las políticas públicas y las estrategias de comunicación.
Por lo tanto, se encuentra enmarcado en uno de los objetivos del proyecto de investigación que es el de “analizar el papel desempeñado por los organismos de control (policía, justicia, programa de seguridad comunitaria)”. Como se expresara en la introducción del presente artículo, el incremento de los delitos convencionales en la provincia, en el país y la región es una constante que afecta los bienes y la salud física y psíquica de la victimas, tanto directa como indirectamente.
Teniendo en cuenta que no se ha podido acceder a estadísticas confiables que den cuenta de la cifra real o aproximada de delitos que se producen en el ámbito de la ciudad de San Luis, se decidió entrevistar a los propios afectados por delitos, para que fueran ellos quienes proporcionaran su visión acerca de la actuación de las instituciones encargadas de velar por su seguridad.
En este estudio de características etnográficas, se trató de indagar la percepción y significación atribuida por las victimas de delitos contra la propiedad, a la actuación y desempeño de los Organismos del Sistema de Control formal de la ciudad de San Luis..
Mediante entrevistas semiestructuradas realizadas con una muestra intencional, se exploró la evaluación sobre la Policía , la Justicia y el Programa de Seguridad Comunitaria a partir de la situación que los afectó
El proceso de recolección y análisis simultáneo de la información, se realizó según el Método de Comparación Constante, el cual permitió construir las categorías más significativas para este grupo sobre el tema.
3. Análisis de la información producida por las entrevistas
Percepción del Sistema Policial
En la evaluación que realizan las personas entrevistadas acerca de la actuación de la policía, influyen diferentes factores. Estos fueron: el esclarecimiento o no del hecho delictivo, la eficiencia o deficiencia de la actuación policial, el equipamiento de la fuerza policial, la capacidad logística para investigar los hechos delictivos que se producen en la ciudad de San Luis, los sueldos del personal policial en relación a la posibilidad de garantizar la honestidad en el desempeño de la función y la existencia o inexistencia de políticas del estado provincial para garantizar su accionar de acuerdo con los objetivos y funciones planteados en la Carta Orgánica de la policía. Todos ellos configuraron las siguientes categorías emergentes del relato de las víctimas de delitos de robo.
Nivel de eficiencia o ineficiencia (conformidad o disconformidad)
En relación al grado o nivel de conformidad de los entrevistados con el accionar policial, cabe consignar diferencias de apreciaciones.
Quien se muestra más conforme con la actuación policial, señala “yo con la policía estoy reconforme, porque fueron los que actuaron, actuaron bien, a los tipos los metieron presos…”. Su caso fue resuelto positivamente, los delincuentes fueron aprehendidos y puestos a disposición de la justicia.
No obstante, otra de las víctimas, expresa que los efectivos policiales solo actúan cuando encuentran a los delincuentes cometiendo un ilícito. “La policía bien…” “pero los tienen que encontrar justo cuando están matando, justo cuando están robando”. Según este testimonio, no se aprecia que actúen de manera preventiva siendo una de las tres funciones que les corresponde desempeñar; solo intervienen ante la comisión del hecho.
Un tercer entrevistado también muestra su disconformidad, afirma que le tomaron la denuncia pero no investigaron de manera efectiva el hecho, “no tuvieron mucha actuación, no me sentí conforme para nada” y sostuvo que en el caso de aprehender a los delincuentes, los dejan rápidamente en libertad porque son, en su mayoría, menores de edad.
Otra persona, también disconforme con la actuación policial, sostuvo que la policía fue inoperante, “porque no utilizan los datos que le brindan las víctimas, no poseen actitudes investigativas, no tienen curiosidad, ni interés por resolver el caso. Lo que hacen es rutinario, atienden bien a quienes denuncian, pero no investigan”. Esto es, no cumplen con la segunda de las funciones que le corresponden realizar, no participan en la investigación criminal tratando de reunir las pruebas, que puedan conducir a la identificación de los autores o partícipes de delitos.
Por último, algunas otras personas evaluaron como mala la actuación policial porque consideran que no cumplen con su función, entre ellas una menciona “la policía actúa a favor de los delincuentes porque no les preocupa el ciudadano común, estamos viviendo en una jungla….y no tenemos protección policial”.
La denuncia del hecho, formalismo o imprudencia?
Para que los hechos producidos adquieran visibilidad y se constituyan en datos sobre la inseguridad, se requiere cumplir con el requisito formal de la denuncia en sede policial, proceso que en los entrevistados no se presenta de modo uniforme.
Una de las víctimas decidió no efectuar la denuncia porque en un ilícito anterior la policía no recuperó lo robado, aunque tomaron fotos del lugar, confeccionaron croquis y la noticia se difundió en los medios de comunicación. A raíz de esta exposición pública de la situación y del hecho de ser un comerciante conocido en la ciudad, estima que fue nuevamente víctima de robo “creo que por eso después se permitieron saquearme dos o tres veces más la misma propiedad”. Por todo ello teme en el futuro ser nuevamente asaltado si denuncia el último ilícito que sufrió.
Otras víctimas efectuaron las denuncias policiales, pero de sus dichos se desprende que lo hicieron porque es un formalismo que debe cumplirse ya que no esperan que la policía investigue y menos que encuentre a los responsables; dicen, “realizamos la denuncia con la convicción de que había que hacerla, pero la inoperancia es total…” tal vez se aliente la esperanza de que, encontrados los objetos robados en algún procedimiento, puedan recuperarse algunos, para lo que sí es necesario el trámite formal de la denuncia.
En el hecho de mayor violencia de todos los entrevistados, han sido los policías quienes insistieron para que las víctimas realizaran la denuncia, exhibiéndoles fotografías de prontuario que facilitaran el reconocimiento de los autores. En otro caso, a poco de ocurrido el hecho, funcionarios policiales concurrieron al domicilio de los afectados, preguntaron si habían sufrido un delito y les informaron que habían aprehendido a uno de los delincuentes. Esto produjo que las victimas formalizaran la correspondiente denuncia.
Deficiencias & pasaje a la ilegalidad
Indagados los argumentos que sostienen el convencimiento de la ineficacia de la policía para el esclarecimiento de los ilícitos de que fueron víctimas, algunos de los entrevistados señalan la necesidad de proveer de mayor y mejor equipamiento a la policía, expresando que “podrían darle un poquito más de importancia a la policía, equiparla más, darles más cosas, para que puedan hacer prevención y no tener que hacerse los tontos…”
Otros agregan que los sueldos bajos y la poca apoyatura del poder político influyen de manera negativa en la actuación de la misma y por ende en su propia percepción.
Cabe consignar que la persona entrevistada que muestra mayor satisfacción con el accionar policial, es la que vio su caso resuelto de manera positiva; no evaluó como ilegal y contraria a los derechos humanos el ofrecimiento de los policías para que tomara venganza por mano propia: “Incluso en un momento la policía me dijo: loco ¿le querés pegar al tipo? Nosotros te lo encerramos y vos les pegas”.
En síntesis, más allá de la resolución favorable o no del caso particular, lo que se visualiza es falta de credibilidad en la institución policial dado que las personas entrevistadas no confían en que prevengan ni resuelvan los hechos delictivos. Se recurre a ella, efectivizando la denuncia, cuando se considera grave la afectación de los bienes patrimoniales como un trámite burocrático más, sin tener esperanza alguna de obtener resultados positivos.
Evaluación de la Justicia: Sistema de protección para el ciudadano o los delincuentes?
El desconocimiento sobre el quehacer judicial, en general, influye en la percepción de los entrevistados que lo visualizaban lejano a su quehacer cotidiano.
Ninguna de las víctimas entrevistadas se mostró conforme con la actuación judicial. Ninguno de ellos se explayó en argumentaciones sobre la misma, en algunos casos porque la justicia no había intervenido de manera activa y en otras porque no fue evaluado satisfactoriamente su papel.
La persona entrevistada que muestra mayor conformidad con la actuación judicial -dado que el proceso penal se encuentra en fase preparatoria de juicio oral con los presuntos autores alojados en el Servicio Penitenciario Provincial, cumpliendo prisión preventiva - señala, no obstante ello , fallas en su accionar, expresando “…y medio lento, con muchas idas y vueltas…”
Otros entrevistados que se mostraron disconformes con la actuación judicial, han expresado que “la justicia está muy mal, por que está en cierta manera del lado de la delincuencia, no nos protege a nosotros”. También expresaron, que los ciudadanos se encuentran prisioneros en sus viviendas, incrementan las medidas de seguridad que habían adoptado previas al hecho delictivo; criticaron al gobierno provincial, que hace propaganda sobre “San Luis, otro país”, con una consigna vacía de contenido sin ocuparse de mejorar las condiciones de vida y el desempeño de las agencias de control que redundarían en disminuir los índices delictivos y hacer de San Luis una provincia más segura.
Una entrevistada basa su disconformidad con la justicia, en que la actuación policial pasó al Juzgado correspondiente, pero no investigaron, “todo eso pasó al Juzgado y ni ahí se movió la investigación, para nada”.
Otra compara la policía con la justicia, mostrando su conformidad con la primera porque aprehendió a los delincuentes y su disconformidad con el desempeño del juez interviniente que liberó a los sospechosos aún cuando se habían reunido suficientes pruebas incriminatorias, ya que se encontraron en su poder las joyas robadas y fueron identificados por los damnificados como los autores del ilícito.
Otros sostienen que debido a que gran parte de los delincuentes son menores de edad, en poco tiempo recobran la libertad; manifiestan que se deben modificar las leyes de minoridad, con medidas más severas “deben ir a prisión aunque sean menores… entran y salen porque son menores”.
En resumen y más allá del estado en que se encuentra el proceso penal sobre los hechos que padecieron, se observa, en los afectados, gran desconfianza en la capacidad de las instituciones de la justicia para cumplir con eficacia la función que les cabe para garantizar la seguridad de los habitantes.
El mayor peso de las críticas recae en la justicia tanto por su lentitud como por los procedimientos que, a criterio de las víctimas, adolecen de falta de transparencia. La desinformación sobre los pasos procesales que se llevan a cabo aumenta el sentimiento de indefensión e incertidumbre acerca de una adecuada resolución judicial de los hechos, lo que los lleva a exigir un incremento en la severidad de las penas, reducción de beneficios para los delincuentes, disminución de la edad de imputabilidad penal, etc., es decir que se inscriben en una línea de “mano dura” como la única alternativa capaz de controlar la inseguridad.
Actuación del Programa de Seguridad Comunitaria: para la seguridad o la inseguridad de los habitantes de San Luis?
Ninguna de las victimas entrevistadas reporta acciones de prevención, ayuda y/o intervención oportuna de los miembros de éste programa, a pesar de que en la totalidad de los lugares o zonas en que se cometieron los ilícitos se había implementado el Programa de Seguridad Comunitaria “que esa gente para mi está más que para seguridad para inseguridad, porque ellos se toman la precaución de estar controlando quien es uno, en qué trabaja, a que hora viene, a que hora se van...no se si serán ellos también parte de los que baten todos los movimientos..”.
Se observa profunda desconfianza hacia los miembros del Plan de Seguridad Comunitaria, asignándoles un rol más cercano a los malhechores que a los propios vecinos. Atribuyen a su presencia en las calles una clara connotación política, fundada en que los integrantes del Plan de Seguridad Comunitaria provienen de las filas del Plan de Inclusión Social que son parte relevante de todos los actos políticos que organiza el gobierno de la provincia.
Nueva modalidad de corrupción
Uno de los damnificados les informó a los protectores comunitarios lo acontecido, pero los mismos “no habían visto nada”. Está disconforme con la actuación de los agentes de seguridad comunitaria, expresando “es una expresión más de la corrupción que hay, es una manifestación más de acomodo de esta gente, que coarta todo crecimiento a los habitantes”
En idéntico sentido, otras víctimas expresaron que todos los días hay seguridad comunitaria, están parados en la esquina, pero el día que se cometieron los hechos delictivos del cual fueron víctimas, el Protector Comunitario estuvo ausente, albergando, en consecuencia, sospechas sobre su idoneidad para cumplir su función. Actitud que se ve fomentada, en gran medida, por el marcado desconocimiento de los vecinos acerca de la identidad de las personas que están apostados en el frente de sus moradas para brindarles seguridad; sólo les provoca sospechas de que actúan en complicidad con los ladrones por la valiosa información de que disponen acerca de sus posesiones, amistades y movimientos cotidianos.
No todos los entrevistados hacen referencia a este estamento de control, pero quienes analizan su actuación manifiestan su disconformidad porque en el momento que se produjeron los hechos brillaron por su ausencia. Expresan que los términos de la relación se han trastocado “en vez de cuidarnos de los delincuentes nos controlan a nosotros”.
Problemática de los Organismos de Control
En síntesis, en la significación que las victimas de delitos otorgan a la actuación de los distintos organismos de control formal - policía, justicia y seguridad comunitaria de la provincia de San Luis- se puede advertir:
Manifiesta disconformidad con la actuación de la policía . Burocratización de sus funciones que obstaculiza las acciones de prevención, disuasión y represión del delito. Falta de idoneidad en las tareas investigativas y de mantenimiento de la seguridad pública atribuidas a la falta de equipamiento adecuado. Sostienen que la policía debería contar con mayor presupuesto, para incrementar y actualizar sus recursos materiales para lograr mayor eficiencia en la prevención del delito. Cabe señalar que a pesar de las críticas dirigidas a la policía, solamente uno de los entrevistados no efectuó la denuncia correspondiente.
La percepción que tienen del desempeño de los órganos de la justicia es aún más negativa, atribuyendo su ineficacia a la existencia de leyes demasiado condescendientes con los delincuentes. De tal manera que si se modificaran en la dirección de mayor severidad, especialmente en lo que respecta a los menores, el problema de la inseguridad comenzaría a transitar por los senderos de la solución. Obviamente, los entrevistados desconocen el endurecimiento que la legislación penal sufriera a instancias de la campaña del ingeniero Blumberg. Los principios de “mano dura” y “tolerancia cero”, que tan hondo han calado en la sociedad argentina y que han demostrado escasa efectividad tanto para la prevención primaria como secundaria del delito
El Programa de Seguridad Comunitaria, creación del gobierno local para aumentar el control en las calles y disuadir a los delincuentes, reúne el consenso de las evaluaciones negativas de los entrevistados. Desconfianza, influencias del poder político, corrupción, cercanía con la delincuencia, son las marcas distintivas que se le atribuyen.
Aunque desconocen si el estado provincial ha realizado una evaluación exhaustiva acerca del funcionamiento del programa estiman que, de hacerse, permitiría verificar resultados y dificultades, lo que facilitaría introducir las modificaciones y ajustes necesarios para mejorar su funcionamiento.
Los entrevistados reclaman al estado provincial un sistema de Justicia criminal más represivo que erradique la comisión de delitos. No tienen en cuenta que se corre el riesgo de aplicar políticas muchas veces atentatorias de los Derechos Humanos de los habitantes y que no lograrán contener la violencia creciente. Ninguno ha manifestado la necesidad de atacar las causas del delito y la delincuencia que son, entre otras, la inseguridad social y económica, la profunda brecha existente entre los poseedores de la riqueza y quienes carecen por completo de ella, la injusta distribución de los bienes socialmente significativos, el deterioro de los servicios públicos básicos que no garantizan acceso a la salud, educación, alimentación a la mayoría de la población a pesar de los planes de inclusión que se han puesto en práctica. Tampoco han considerado que el estado puede aumentar el número de las instituciones de control punitivo, como de sus funcionarios, pero poco se logrará si no se sostiene el crecimiento económico y se mejoran las políticas que garanticen la seguridad humana de todos los habitantes. En otras palabras, que el respeto por los Derechos Humanos deje de ser un discurso “políticamente correcto” y se transforme en una decisión del estado provincial y se concrete en obras que mejoren, realmente, la calidad de vida de la gente.
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1 Trabajo recibido el 4/02/2009 y aceptado el 21/05/2009
2 Proyecto de Investigación: PROIPRO Nº 4-1-0203 “Derechos Humanos, control social y sectores vulnerables” Facultad de Ciencias Humanas, Universidad Nacional de San Luis.
3 Correo Electrónico: sosuma@unsl.edu.ar
4 Correo Electrónico: jloizo@unsl.edu.ar
5 Correo Electrónico: golga@unsl.edu.ar
6 Correo Electrónico: ppgodoy@unsl.edu.ar
7 Correo Electrónico: valdebenitoerika@yahoo.com.ar











